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    Se resolvió quién reemplazará a Guillermo Montenegro en la Cámara de Diputados

    13 de diciembre de 2019 - 18:01
    Se resolvió quién reemplazará a Guillermo Montenegro en la Cámara de Diputados
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    Luego de una serie de incógnitas acerca de quién reemplazaría a Guillermo Montenegro en la Cámara de Diputados, que debió dejar su cargo dado que asumió este 10 de diciembre como intendente de General Pueyrredon, la Justicia Electoral resolvió que la dirigente del PRO Adriana Cáceres tome su lugar. 

    La funcionaria se encontraba como suplente en el 16º lugar de la boleta de Cambiemos del 2017. La seguía Marcelo Osmar Del Sol, ubicado en el puesto 17º. Cáceres había presentado un amparo judicial para que se garantice su asunción, al que suscribieron integrantes del colectivo de mujeres y organizaciones civiles de reconocida trayectoria.

    El escrito fue firmado por Natalia Gherardi del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA); Mabel Bianco de la Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM); Leandra Zrycki, del Laboratorio de Prácticas e Investigaciones Sociales (LAPIS); Mariela Belski, de Amnistía; Nélida Minyersky y María Luisa Storani, de la Fundación Mujeres en Igualdad (MEI); Diana Mafía, María Inés Tula y la diputada del PRO Silvia Lospennato.

    A favor de Del Sol, la abogada Nuria Drandek había hecho, a su vez, otra presentación en el mismo Juzgado, en base a la ley de Paridad de Género. En su pedido de “declaración de certeza” en favor de la asunción de Del Sol, la letrada argumentó que, por esta norma, los reemplazos se deben definir por el candidato que sigue en la lista del mismo género, en este caso, otro hombre.

    La ley de Paridad -por la cual las listas deben estar conformadas en un 50% por mujeres- es la que está hoy vigente, pero fue sancionada con posterioridad a las últimas elecciones legislativas de medio término y entró en vigencia recién en las últimas elecciones. Cuando se conformaron las listas del 2017, todavía regía la ley de cupo femenino que fijaba un 30% de representación femenina, o sea, dos hombres y una mujer en las boletas. Según la nueva ley de Paridad, el reemplazo de los diputados que renuncian debe hacerse por el candidato que sigue en la lista, pero del mismo género.

    La controversia se generó por la interpretación de qué criterio debía aplicarse: la norma vigente al momento de conformarse la lista o la vigente al momento de producirse la vacancia.

    Como informó Infobae, en su fallo el juez Ziulu consideró: “Si se alterara esta regla una vez generada la lista de diputados con una determinada integración y orden de prelación, a partir de la propuesta de los partidos políticos, aprobados luego por la justicia electoral y luego votada por el pueblo de la Nación, se estaría aplicando la nueva ley en forma retroactiva y afectando entre otros, la legitimidad de los otros legisladores que están ocupando sus bancas, dado que esa proporción de bancas ocupadas por hombres es válida por la presencia de ciertas candidatas mujeres en un número y orden de prelación determinado previamente y fijado en la normativa y que debe respetarse”.

    En una extensa argumentación, el magistrado concluyo que “si se aplicara la nueva normativa a las vacancias generadas en el 2019 respecto de las listas confeccionadas con otras pautas, se desnaturalizaría todo el sistema diseñado por el legislador" y agregó: "No cabe aplicar la regla de vacantes de la ley de paridad de género a una lista conformada por la ley de cupo femenino”.

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