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    Anciano detenido por abuso: fue procesado por trata de personas

    08 de mayo de 2017 - 15:45
    Anciano detenido por abuso: fue procesado por trata de personas
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    El anciano de 74 años, que había sido detenido en las últimas semanas tras ser acusado de abuso sexual a niños en situación de calle, fue procesado por el delito de trata de personas, en concurso aparente con los delitos de reducción a la servidumbre y circunvención de incapaces. Asimismo, se pidió investigar a los servicios local y zonal de Niñez por la intervención con un menor de edad.

    El hombre está acusado de captar y acoger a una mujer no vidente que mendigaba en la calle, a quien le cobraba la jubilación y la llevaba a pedir dinero en el Pasaje Catedral. Además, se constató que en el último tiempo la mantuvo en una situación de abandono absoluto, postrada en una cama.

    En relación a los casos de abuso, la resolución del juez Inchausti dispuso la falta de mérito para sobreseer o procesar al imputado en el resto de los delitos por los que está acusado. Aún restan realizar medidas de prueba, en particular exámenes médicos y obtener el testimonio de uno de los menores, que por sugerencia de profesionales de la salud, aún no está en condiciones de hacerlo. Por este motivo, fueron citados a declarar los vecinos del edificio. 

    La acusación inicial, que se desprende en el marco de la investigación que dirige la fiscal Laura Mazzaferri, comprende el abuso sexual de tres menos de edad. En este sentido, el juez Santiago Inchausti dispuso extraer de la causa testimonios y remitirlos a la Fiscalía General del Departamento Judicial de Mar del Plata, ante la presunta comisión de un delito de acción pública en que podrían haber incurrido funcionarios a cargo del Servicio Zonal de Promoción y Protección de Derechos del Niño Región Mar del Plata y del Servicio de Emergencias de la Niñez de General Pueyrredón.

    En 2013, una de las vecinas que había divisado ingresar a un menor en situación de calle al departamento del anciano, ubicado en Rivadavia entre San Luis y Mitre, realizó una presentación en dichas entidades. Las autoridades de estas dependencias, pese a tener conocimiento de los hechos nunca formalizaron la denuncia penal, siendo que en la actualidad se desconoce el paradero de este niño.

    Cuando la situación llegó a la Justicia Federal después de una denuncia que la misma vecina realizó a través de la línea 145, al advertir una situación similar a los observados cuatro años antes con el hombre y otro menos, se dispusieron medidas urgentes, tareas de inteligencia y la intervención de la línea telefónica.

    Cuando personal de Prefectura Naval ingresó al departamento y procedió a la detención  del anciano, se encontraron con la mujer de 86 años, no vidente, postrada en la cama, que debió ser atendida por médicos y luego llevada hasta el Hogar Municipal de Ancianos.

    La hipótesis del Ministerio Público Fiscal, que fue corroborada a través de las medidas dispuestas, indica que la anciana, quien no se moviliza de manera autónoma, tiene incontinencia doble y estaba en estado de mendicidad, fue acogida en el departamento en condiciones de total falta de higiene y salubridad, con el fin de reducirla a condición de esclavitud, y de esta forma, aprovechándose de las dolencias que sufría, se quedaría con su dinero. De hecho, consta que desde febrero de 2016 el imputado fue designado como su apoderado ante ANSES.

    Al menos desde 2015, la mujer pedía limosna en la zona de la Catedral y dormía en la casa del imputado. Con el tiempo, ya no salió más y dejó de ser vista por los vecinos. Su situación se agravó, quedó postrada sin posibilidad de levantarse siquiera para ir al baño y solo era limpiada tres días por semana por la joven que también podría ser víctima. La anciana, sostuvo el juez, “se encontraba en un estado de vulnerabilidad extremo”.

    El delito de trata

    Para la Justicia quedó demostrado el delito de trata, ya que el imputado ganó la voluntad de la víctima, lo que implica la conducta de captación, para luego llevarla a su domicilio para explotarla (acogimiento). A ello, debe sumarse la finalidad de explotación que exige el tipo penal.

    “En nuestro caso estaba dada porque el imputado buscó y logró reducir a la servidumbre o una condición análoga a la víctima. Primero haciéndola pedir limosna, y luego obteniendo el total de sus ingresos previsionales mientras la mantenía aislada del entorno social en condiciones inhumanas”, reparó el magistrado.

    Por otro lado, la situación de vulnerabilidad, que se erige ahora como un agravante del tipo penal, para el juez “está suficientemente acreditada por su avanzada edad, su ceguera y deterioro de salud física y psíquica, lo que fue aprovechado por el imputado”.

     


     

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