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    Ratificaron la condena de 21 meses de cárcel a Messi por fraude fiscal

    24 de mayo de 2017 - 09:15
    Ratificaron la condena de 21 meses de cárcel a Messi por fraude fiscal
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    La Sala Penal del Supremo confirmó la condena de 21 meses de prisión a Lionel Messi, al considerarlo autor de tres delitos fiscales. El alto tribunal confirmó la condena que impuso en julio de 2016 la Audiencia de Barcelona al delantero del Barcelona y de la Selección Argentina, por defraudar 4,1 millones de euros a Hacienda durante los ejercicios 2007, 2008 y 2009, al no haber tributado en España los ingresos de 10,1 millones percibidos por los derechos de imagen del delantero durante ese periodo.

    Al padre del jugador, Jorge Horacio Messsi, condenado como cooperador necesario, el Supremo le rebajó la pena de 21 a 15 meses de cárcel al aplicarle la atenuante de reparación del daño porque su hijo (a quien el tribunal catalán sí aplicó este atenuante) devolvió a Hacienda el dinero defraudado.

    De todos modos, al ser una condena inferior a dos años, la Audiencia de Barcelona puede suspender la entrada en prisión de los Messi. El tribunal rechazó el recurso presentado por los abogados del delantero y su padre y considera que ambos defraudaron a Hacienda 4,1 millones de euros. El Supremo confirma también la multa de dos millones de euros impuesta al delantero y rebaja de 1,5 millones a 1,3 la de su padre. Los Messi abonaron ya la sanción tras la sentencia de la Audiencia de Barcelona.

    La Audiencia de Barcelona, sin embargo, sostuvo en su sentencia que Lionel Messi actuó con “ignorancia deliberada” cuando evitó informarse sobre lo que estaba a su alcance a través de “medios fiables, rápidos y ordinarios”. “El desconocimiento evitable no es un error y no puede provocar una descarga de la responsabilidad. No puede errar aquel que no tiene interés de conocer”, dice la sentencia. “Cuando se aprecia una indiferencia tan grave y, a pesar de todas las oportunidades que tuvo el jugador para conocer cómo se gestionaban sus derechos, cabe considerar que ha actuado con dolo (voluntad deliberada de cometer un delito)”, añadió la Audiencia. “Quien ha tratado de eludir la norma no puede resultar beneficiado por ello, amén de que con la impunidad de esos casos se dirige a la ciudadanía el mensaje de que es preferible inhibirse que preocuparse”.

    El tribunal recriminó a Messi que optara por actuar con esa “indiferencia” cuando existía una “sospecha justificada” de que el método para gestionar sus derechos de imagen no era licito.

    (Fuente: El País)

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