La Provincia de Buenos Aires regulará el dragado de los puertos
El Organismo provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) presentó en las últimas horas la resolución que regulará el dragado de puertos y canales en el territorio de la provincia de Buenos Aires.
Con esta nueva norma, la Provincia podrá solicitar a quienes emprendan el dragado, análisis de riesgos; modelización matemática de hidrodinámica de partículas y/o migración de contaminantes en el sitio de dragado y área de influencia, entre otros. En tanto, la reutilización de los materiales para relleno, saneamiento y perfilación de costas fluviales y marítimas "sólo podrá llevarse a cabo con la previa intervención de las Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires".
El dragado resulta indispensable para la operatividad y accesibilidad de los puertos. Y estos trabajos producen grandes cantidades de material que deben tratarse y desecharse con criterios de cuidado ambiental.
Según remarcaron desde el Gobierno bonaerense, en la República Argentina no existía hasta la fecha una norma que establezca el procedimiento para gestionar el material extraído de este tipo de operaciones, por lo que la Provincia establece un punto de partida en la temática. La norma propicia "la disminución progresiva de concentraciones de contaminantes en vasos portuarios donde se releven sedimentos con compromiso ambiental", se indica en sus fundamentos.
La nueva regulación fue explicada por el director provincial de Control Ambiental Nicolás Bardella, quien destacó la importancia de "compatibilizar el desarrollo de las actividades portuarias con el cuidado del ambiente y el desarrollo sostenible de las actividades económicas, industriales, a través de una reglamentación especial que defina el procedimiento para obtener la Declaratoria de Impacto Ambiental de las obras de dragado y canales de accesos de los puertos bonaerenses, contemplando la dinámica de la actividad y el destino y forma de disposición del material según las particularidades del caso".
Cuando se draga, se producen sedimentos que "actúan como sumidero de sustancias que pueden provocar impactos negativos en los cuerpos de agua y producir efectos acumulativos en la cadena trófica, correspondiendo evaluar su calidad por comparación entre concentraciones de determinados contaminantes, según la normativa internacional específica que rige en la materia". Y que "a nivel mundial hoy se fomenta la reutilización de estos residuos, aunque en Argentina no hay todavía normativa que lo regule". Por sus características geográficas e hidrológicas, en los lugares donde se emplazan los principales puertos de la provincia de Buenos Aires, la demanda de volúmenes de dragado supera los 40 (cuarenta) millones de metros cúbicos anuales.
"El vertido del material extraído a cuerpo de agua superficial cerca o en la misma zona de dragado puede producir efectos nocivos debido a la re-suspensión y sedimentación de grandes volúmenes, aumento de turbidez, afectación de la fauna bentónica, alteraciones en la textura del fondo y condiciones hidrodinámicas de la zona de descarga, entre otras", dice la resolución.
La Provincia, a través de OPDS, tiene la competencia para desarrollar los procedimientos tendientes a garantizar la preservación y conservación de los ambientes naturales y sus elementos constitutivos con el fin de garantizar la preservación y conservación de los ambientes naturales. Con el nuevo procedimiento, se podrán solicitar monitoreos de calidad de agua, de sedimentos y análisis ecotoxicológicos.