Los Municipios no podrán cobrar tasas en las facturas de luz
El Organismo de Control de Energía Eléctrica de Buenos Aires (OCEBA) determinó que las distribuidoras no podrán incluir en sus facturas el cobro de tasas municipales ni de otros "conceptos adicionales" ligados a la prestación del servicio público.
Por medio de la resolución 167/18 que fue publicada en las últimas horas en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, el Gobierno estableció que "las facturas a usuarios que emitan los distribuidores provinciales y municipales, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente, solo deberán contener conceptos tarifarios vinculados a la prestación del servicio público de distribución de energía eléctrica".
En lo resuelto por el organismo bonaerense, ordenó a los distribuidores provinciales y municipales que "las facturas a usuarios que se emitan, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente, no podrán incorporar conceptos ajenos a la prestación del servicio público de distribución de energía eléctrica, ni conceptos adicionales vinculados al servicio público de distribución de energía eléctrica".
La medida ya entra en vigencia desde este miércoles y las facturas se emitirán con el detalle de la información necesaria y suficiente que permita constatar al usuario en forma unívoca el valor de las magnitudes físicas consumidas, el período al cual corresponde, los precios unitarios aplicados y las cargas impositivas.
Esta decisión que definió el OCEBA en las últimas horas se enmarca en la intención del Gobierno de María Eugenia Vidal de generar un "alivio" en el impacto que tendrá el aumento de las tarifas de gas y luz, y que ya motivó el retiro de otros impuestos provinciales a fines de abril.