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    Alicia Kirchner duplicó por decreto un plus para sus funcionarios

    24 de septiembre de 2018 - 02:52
    Alicia Kirchner duplicó por decreto un plus para sus funcionarios
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    Alicia Kirchner, gobernadora de Santa Cruz duplicó por decretó el monto que sus funcionarios reciben por el rubro “desarraigo” y generó polémica en la provincia.

    Por medio del decreto 0752, la mandataria provincial aumentó la asignación de carácter no remunerativa no reintegrable denominada “Compensación por Desarraigo”, en un 100% para los funcionarios públicos que han sido convocados por el Poder Ejecutivo Provincial.

    En los considerando de la norma se justifica tal aumento para "los funcionarios que fueron llamados a cumplir funciones de nivel político en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial que tengan domicilio a una distancia superior a los doscientos kilómetros de la sede de sus funciones".

    Y continúa; "El valor del mismo estaba fijado hasta el 1° de agosto en una suma de 4500 pesos pero -sin embargo-, se hace necesario modificar el importe establecido por el concepto descripto a fin de actualizar el valor de la asignación, en concordancia con el incremento de los cánones locativos vigentes en el sector inmobiliario y el aumento de los índices de inflación registrados en la actualidad". Indica el texto del decreto. A partir de ahora los funcionarios que residan a más de 200 kilómetros pasarán a cobrar 9.000 pesos.

    Hace algunos días, y en el marco de las paritarias docentes, el gobierno de Alicia Kirchner ofreció un aumento del 2%. Esto fue tomado como una “burla” por los maestros que decretaron un nuevo paro. Anteriormente, la oferta al sector había llegado al 8 por ciento.

    El decreto

    Artículo 1º.- ESTABLÉCESE que a partir del día 1º de agosto del año 2018, la suma fijada en el artículo 3º del Decreto Nº 061/04, quedará establecida en la suma de PESOS NUEVE MIL ($ 9.000,00) mensuales, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.

    Artículo 2º.- DÉJASE SIN EFECTO el Artículo 3º del Decreto Nº 537/12.

    Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.

    Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, a sus efectos, tomen conocimiento los Ministerios de Gobierno, Secretaría General de la Gobernación, Salud y Ambiente, Desarrollo Social, Producción, Comercio e Industria, Entes Autárquicos, Centralizados y Descentralizados, Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.

    El decreto lleva la firma de la gobernadora y el ministro de economía respectivamente.

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