Los responsables de una secta que reducía a sus fieles en Mar del Plata serán juzgados
Un hombre que oficiaba de “Apostol” y su pareja están acusados de captar personas atravesadas por situaciones familiares, sentimentales o económicas dificultosas, a través de un mensaje de fe, con la finalidad de explotarlas laboralmente e incluso desapoderarlas de sus bienes. Sobre el principal imputado, pesa también la acusación por tres situaciones de abuso sexual y una en grado de tentativa; y de amenazas coactivas reiteradas cometidas desde la unidad penitenciaria donde permanece detenido.
Isaías Nelson Hurtado y Patricia Soledad Padilla Coronado llegan a juicio acusados de captar a más de 20 personas, atravesadas por situaciones económicas, emocionales y familiares dificultosas, a través de un mensaje de fe -que tenía alcance nacional e internacional por medio de una radio y una página web-, para reducirlas a la servidumbre, explotarlas laboralmente, y hasta desapoderarlas de sus bienes. A su vez, el hombre que decía ser el pastor del ministerio religioso, sacó provecho de esta situación para abusar sexualmente de tres mujeres y haber intentado abusar de otra víctima; y por otro lado, llega acusado por amenazas coactivas reiteradas realizadas telefónicamente desde la unidad penitenciaria donde permanece detenido.
El debate oral y público, a cargo de los jueces del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata Roberto Falcone, Mario Portela y Alfredo Ruiz Paz, comenzará este viernes a partir de las 12. En representación del Ministerio Público Fiscal de la Nación actuará el fiscal general Juan Manuel Pettigiani.
La acusación
De acuerdo al requerimiento fiscal de elevación a juicio, se le atribuye a Hurtado y Padilla Coronado haber utilizado -al menos entre julio del 2007 y julio de 2016, cuando se realizaron los allanamientos- la apariencia de un "Ministerio” religioso y los mensajes de fe y de existencia de un "ser superior" para captar y acoger personas en situaciones de vulnerabilidad -marcadas por su edad, estados de depresión, circunstancias familiares adversas, falta de contención, bajos recursos económicos y/o de educación- para congregarlas en reuniones que se llevaban a cabo en "el templo".
Una vez lograda la captación de las personas, que comenzaban a concurrir a las “reuniones del ministerio”, en los casos en que no eran oriundas de Mar del Plata se las instaba a mudarse allí –en algunas ocasiones gestionándoles una vivienda cercana al “templo”-; y a quienes vivían en la ciudad balnearia se los compelía a vivir en sectores cercanos al domicilio de Hurtado, con la excusa de “la toma de territorio que implicaba tomar lugares estratégicos para cuidar la casa apostólica” , pero con el claro fin de controlar con mayor facilidad su libertad de autodeterminación y sus movimientos diarios y aislarlos de sus familias.
A partir de allí, las maniobras consistían en persuadir a sus víctimas para que aporten sus recursos económicos a las arcas del “Ministerio” y reducirlas a la servidumbre y/o explotarlas laboralmente, a efectos de que presten diferentes funciones en el mismo. Todo ello, de acuerdo a la investigación desarrollada por la Fiscalía Federal N°2, se dio en perjuicio de más de 20 personas, aunque algunas de ellas no se identifican aún como víctimas de situaciones de explotación.
En concreto se las instaba a realizar tareas de limpieza; se les retenían sus salarios en caso de que tengan empleo en otro sitio; lograban la obtención de préstamos en distintas entidades financieras para beneficio de los investigados -dinero que nunca les era devuelto, generándoles importantes deudas-, como así también se las conducía a trasferir sus bienes a la congregación. Es decir, se generó una “pantalla” constituida a partir de un supuesto “ministerio religioso” con mensajes de fe y la existencia de un “ser superior” -que vendría a ser Hurtado, con el fin de ganar la voluntad de las personas y a partir de allí lograr su explotación.
De acuerdo a la investigación, se generó una “pantalla” constituida a partir de un supuesto “ministerio religioso” y la existencia de un “ser superior” –que vendría a ser el imputado-, con el fin de ganar la voluntad de las personas y a partir de allí lograr su explotación.
En relación a Hurtado, la acusación repara en que era el principal administrador y organizador del lugar, quien dirigía y daba las pautas en el lugar, quien instruía al resto de los integrantes en las actividades diarias, daba las autorizaciones a los "fieles" para poder salir de la Iglesia o sus domicilios, como así también en todo lo atinente a la panadería que poseía el “Ministerio”. “Ejercía un completo control sobre las vidas y acciones de las personas y les exigía el constante aporte de dinero para sus arcas por medios coactivos y/o defraudaciones. Incluso, ha obtenido la adquisición de inmuebles y otros bienes por esos medios, todo ello con la colaboración de su esposa Patricia Padilla, resultando ambos beneficiarios de los recursos económicos que producían y les eran quitados a los ‘fieles’”, señala el requerimiento.
De hecho, consta dentro del gran caudal probatorio reunido en la causa, que desde AFIP se informó que ni Hurtado ni Padilla registraban actividad económica alguna. Es decir, los acusados no poseían ingresos legítimos que les permitieran llevar a cabo sus actividades diarias, ni adquirir los bienes que poseían, ni realizar los viajes al exterior que llevaban a cabo con frecuencia.
Es para destacar que el bien jurídico protegido por la figura de trata de personas, de la que se acusa al matrimonio, es la libertad. Y sobre ello hizo especial hincapié el fiscal a cargo de la instrucción de la causa: “Entendemos que la libertad de las víctimas se halla en juego y afectada no sólo cuando se acreditan restricciones a su libertad ambulatoria, sino también cuando la capacidad para elegir qué actividad desarrollar y cómo desarrollarla se encuentra menoscabada”.
Abusos y amenazas
A su vez, Hurtado llega al juicio también acusado por tres casos de abuso sexual, y uno en grado de tentativa. El hombre, de acuerdo a la acusación, sacó provecho al conocer la situación de vulnerabilidad que padecían las mujeres y de la sujeción emocional, psíquica y espiritual que había logrado sobre ellas.
En un expediente paralelo, que se elevó a juicio en conjunto con la causa central, se acusa a Hurtado también de amenazas coactivas reiteradas sobre cinco personas, realizadas de manera telefónica desde la unidad penitenciaria donde permanece detenido.
Hurtado llega a juicio acusado también por tres casos de abuso sexual, y uno en grado de tentativa.
Reparación a las víctimas y decomiso
Durante la investigación se lograron identificar distintos activos que fueron utilizados por los imputados para desarrollar los hechos delictivos de los que se los acusa, como otros que serían producto de los mismos. Se trata de dos inmuebles; activos que puedan hallarse en las cuentas bancarias identificadas en Venezuela y Estados Unidos y que, mediante exhortos internacionales se requirió su embargo; seis mil dólares y diez mil pesos secuestrado en la vivienda de los imputados y depositado en cuenta judicial; cinco automóviles y una moto.
“Todos estos activos fueron oportunamente cautelados y así deberán mantenerse con el objeto de asegurar eventuales decomisos y/o cubrir la eventual satisfacción de multas y una futura indemnización a las víctimas, en íntima consonancia con los compromisos internacionales asumidos por nuestro país”, planteó el fiscal al clausurar la instrucción y requerir la elevación a juicio de la causa.
Calificación legal de las conductas
Los hechos de las que resultaron víctimas más de 20 personas, para el MPF encuadran en el delito de trata de personas con fines de explotación laboral agravado por el uso de engaño, fraude, violencia, amenaza y otros medios de intimidación y coerción, abuso de autoridad y de una situación de vulnerabilidad y concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de personas sobre las que se tuvo autoridad, por la cantidad de víctimas, por ser ministro o autoridad de culto, por la consumación de la explotación y –en algunos casos- por haber sido las víctimas menores de edad al momento de su captación.