Violar la cuarentena podría tener una pena de hasta dos años de prisión
En relación al avance en nuestro país del coronavirus, y en función de lo dispuesto en el DNU N°260/2020 dictado por el Presidente de la Nación Alberto Fernández sobre la obligatoriedad de la cuarentena, el Ministerio Público Fiscal de Mar del Plata informó que incumplir el aislamiento podría configurar una pena de hasta dos años de prisión.
Como explicaron las autoridades, el decreto presidencial cita los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación. El 205 dicta: "Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”. Por su parte, el artículo 239 especifica: "Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél, o en virtud de una obligación legal”.
El Ministerio Público Fiscal departamental aseguró que "procurará hacer cumplir las disposiciones del DNU 260/2020 con el rigor legal que impone la pandemia", utilizando "todas las herramientas procesales a su alcance".
En tal sentido, adelantaron que se han coordinado acciones con las autoridades policiales para "el efectivo acatamiento de la cuarentena dispuesta". Por eso, se ha reunido con el jefe de la policía departamental y las autoridades sanitarias, provinciales y municipales, "con el objeto de coordinar en lo inmediato el protocolo de actuación para enfrentar la emergencia".
Asimismo, comentaron que se encuentran coordinando con empresas vinculadas al transporte y alojamiento de personas, a los fines de desarrollar conductas de intervención proactivas por parte de los distintos niveles de gobierno del Estado.