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    Arrestos domiciliarios: revocaron 10 casos por incumplimiento

    27 de mayo de 2020 - 19:48
    Arrestos domiciliarios: revocaron 10 casos por incumplimiento
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    Tras quince días cumplidos desde que se implementaron los controles periódicos dispuestos en la Instrucción General N°13/2020, dictada por el fiscal Fabián Fernández Garello respecto de las personas que han sido beneficiados con morigeraciones a las detenciones que sufrían, en la modalidad de prisión domiciliaria, se hizo un informe elaborado por la Fiscalía General que detalla un balance de las actuaciones hasta el momento.

    Un grupo de funcionarios letrados del Ministerio Público local se encarga de realizar controles diarios respecto de personas procesadas o condenadas a quienes los magistrados intervinientes han dispuesto que cumplan la detención en sus domicilios.

    En esta tarea se cuenta con la colaboración de otras dependencias del propio Ministerio Público, como lo es el Cuerpo de Ayuda Técnica a la Instrucción (CATI), perteneciente a la Fiscalía General, al igual que de funcionarios policiales dependientes de la Jefatura de Policía Departamental, quienes en ambos casos realizan verificaciones presenciales en caso de presunto incumplimiento advertido por los funcionarios del MPF.

    "En esta primera etapa, se ha constatado el normal cumplimiento del arresto domiciliario por parte de 80 personas, mientras que en otros 10 casos se ha verificado algún tipo de incumplimiento de distinta índole, lo que ha dado lugar a que los Fiscales intervinientes hayan requerido a los jueces competentes la revocación de la prisión domiciliaria, y la inmediata detención", explayaron.

    "Al día de la fecha, en un solo caso se ha dispuesto la revocación del arresto, ordenándose la detención. Se trata de una persona condenada por el  delito de robo calificado, quien ya se encuentra nuevamente cumpliendo detención efectiva en la Unidad Penal XV, por disposición del Juzgado de Ejecución N°2", indicaron.

    "También es de destacar que, los Agentes Fiscales se han opuesto a la concesión de los arrestos domiciliarios en caso de entenderlo pertinente y oportuno, ya sea en función de la gravedad y modalidad de los hechos imputados, de la calidad de reincidente del beneficiado y, en particular, en caso de que no se hubiera tenido en cuenta la opinión de la víctima, entre otros motivos", explicaron.

    Y agregaron: "Asimismo, y en caso de que los magistrados intervinientes hubieran resuelto -pese a la negativa del Fiscal- conceder los beneficios aludidos, han interpuesto los recursos de apelación pertinentes ante la Cámara de Apelaciones departamental".

    "Tales apelaciones articuladas han permitido que en al menos seis casos en los últimos días, la Cámara -en consonancia con la Resolución 133682 de la Suprema Corte de Justicia del día 11 de mayo referida a esta problemática- haya revocado la prisión domiciliaria ordenada por el juez de primera instancia, y dispuesto que los imputados o condenados deban permanecer en prisión efectiva", subrayaron en el informe de Fiscalía General.

    "De manera concreta, la Sala I de la Cámara revocó el arresto domiciliario concedido a un condenado a la pena única 16 años y 6 meses de prisión (causa 29462-2 – IPP N°11782-16), a quien restaban aún cumplir tres años y medio en detención. A su turno, la Sala III de la misma cámara, en causa 33183 revocó la prisión domiciliara de un condenado por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado (causa 33183; IPP N°14826-17), y a quien restaba cumplir un año y medio aún", informaron.

    La misma Sala adoptó similar criterio respecto de otro condenado a quien restan cumplir dos años y 3 meses de prisión efectiva (causa 30131-1; IPP N°4281-17); y en otro caso, también revocó el arresto concedido a quien se imputa el delito de homicidio en ocasión de robo (causa 35590-2; IPP N°7782-11). En último término, y mediante resolución del 21/05/20, la misma Sala III revocó sendas resoluciones que concedían el arresto domiciliario a dos imputados, uno de ellos a quien se imputan delitos de lesiones y amenazas en contexto de violencia de género (causa 33155-1; IPP N°8118-20), y el otro condenado a cinco años de prisión, más reincidencia, cuya pena vence el 17/11/21 (causa N°28791-3; IPP N°1923-15)

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