Piden desafectar del patrimonio histórico al exhotel Lafayette para construir una torre
Por Carlos Walker
El intendente Guillermo Montenegro elevó a consideración del Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza para desafectar de los alcances del “Código de Preservación Patrimonial”, las fachadas del edificio principal de la "Villa Carmen", exhotel Lafayette, ubicado en la calle Falucho Nº 2.175. Se buscan construir una torre y locales comerciales en ese predio.
Villa Carmen es una residencia pintoresquista. Su construcción data de 1893, por lo que tiene el valor histórico inestimable de ser una de las poquísimas construcciones existentes del siglo XIX que aún sobreviven. Fue construida por Adán Gandolfi, el constructor de la catedral de los Santos Pedro y Cecilia de Mar del Plata.
En el expediente que se presentó este viernes, al cual El Marplatense tuvo acceso, el gobierno comunal explicó que “la firma denominada Torre Falucho 2175 SA presentó un recurso solicitando autorización para desafectar las fachadas de la Villa Carmen - exhotel Lafayette declaradas de interés patrimonial, a los efectos de construir una vivienda multifamiliar en el inmueble sito en la calle Falucho Nº 2.175”.
A continuación, se detalló que la “Villa Carmen - exhotel Lafayette, es una propiedad que inicialmente fue declarada de interés patrimonial por la Ordenanza Nº 10.075; posteriormente fue desafectada de esa condición por Ordenanza Nº 14.612; luego una nueva Ordenanza, la Nº 18.696 declaró sólo las fachadas de interés patrimonial, incorporándolas al Anexo I de la 10.075; tiempo después la Ordenanza Nº 18.696 fue modificada por la Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, designando a la Secretaría de Planeamiento Urbano como la encargada de precisar las fachadas a preservar, pero más tarde fue vetada íntegramente por el Decreto Nº 129/10”.
En ese sentido, se indicó que “la Unidad de Gestión de Preservación Patrimonial recomendó al respecto, la derogación de la Ordenanza Nº 18.696; mientras que el Área de Preservación Patrimonial consideró provechoso desalentar declaratorias patrimoniales fragmentadas que no contemplen la integralidad de los bienes”.
De acuerdo con los datos aportados en la documentación oficial, la propiedad “integra la categoría C de bienes de preservación patrimonial, conformado por aquellos inmuebles que se encuentran aislados, dispersos y susceptibles de protección por su singularidad asociada a valores estéticos, arquitectónicos y/o histórico-sociales. El mencionado bien está tan degradado que no reconoce acción de recuperación alguna; su precario estado edilicio lo ha despojado de su identidad, haciéndole perder significado en su faz arquitectónica, y carácter en su referencia barrial”.
“Mantener las fachadas segregadas del resto de la composición volumétrica y formal de la obra, como una mera pantalla carente de contenido testimonial, solo conduciría a forzar una relación discordante con cualquier edificación que pretenda construirse en ese lugar”, se resaltó desde el Ejecutivo local.
En función de estas observaciones, la empresa constructora propuso “una edificación de semiperímetro libre, que vuelca sus visuales principales hacia un espacio de uso comunitario, que reemplaza los telones de fachadas desestructuradas, por una plaza seca de acceso público desarrollada en la porción más larga del terreno, por delante del acceso del edificio proyectado, el cual a su vez reserva un corredor longitudinal trasero para entrada vehicular, que genera un espacio fuelle medianero que se ‘despega’ los tres cuerpos del edificio lindero ubicado sobre calle Entre Ríos”.
En ese contexto, se afirmó que “el planteo propone de esta manera, un objeto arquitectónico de continuidad volumétrica, estética y visual, cuya altura y magnitud resultan concordantes con las de los edificios erigidos en la zona, generando aperturas capaces de garantizar buenas condiciones de habitabilidad de los espacios en función de requerimientos de saneamiento ambiental de las unidades propias y linderas”.
En lo que refiere al aspecto organizativo-funcional, el proyecto prevé “dos locales comerciales en planta baja, seis unidades de departamentos en cada uno de los pisos de sus nueve plantas, complementados con dos subsuelos de cocheras, y un salón de usos múltiples en la terraza, totalizando 7.217,89 m2 de superficie cubierta y 677,07 m2 de semicubierta, a emplazar en un terreno de 1.124, 92 m2”.
Desde lo constructivo, según lo reflejado en el expediente, la obra “conjuga cualidades que aportan al medio una edificación reglamentaria, que además de elevar los estándares de la construcción calificando y cualificando la oferta inmobiliaria de la zona, reemplaza la porción de fachadas desagregas de un bien patrimonial degradado, por un área de esparcimiento abierta que mejora las condiciones del espacio público”.
Además, “desde lo urbanístico, la reducida ocupación del suelo (FOS), y el proporcionado juego de llenos y vacíos de los componentes espaciales, conjugados con una planta baja de gran permeabilidad a partir de la plaza seca proyectada, aporta un beneficioso avance de las áreas descubiertas que se expanden hacia el espacio público, aportando al tejido urbano una apreciable descompresión que sin dudas colaborará en el sostenimiento de una relación armónica respecto del medio de inserción.
“En síntesis, puede concluirse que las características alcanzadas en los términos proyectuales presentados, genera aperturas físicas y visuales en varias direcciones, amplía los retiros establecidos por la norma, evita las medianeras expuestas, y favorece manifiestamente las condiciones ambientales de las parcelas propias y linderas, en abierta oposición a lo que comúnmente sucede con otras construcciones de su tipo”, finalizaron desde el Ejecutivo.