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    Cannabis medicinal: el Gobierno legalizó el autocultivo y la venta de aceites en farmacias

    12 de noviembre de 2020 - 10:49
    Cannabis medicinal: el Gobierno legalizó el autocultivo y la venta de aceites en farmacias
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    El Gobierno autorizó este jueves, a nivel nacional, el autocultivo de cannabis para uso medicinal, al igual que el acceso de sus aceites y derivados en farmacias autorizadas, una de las principales demandas de los cultivadores solidarios y de madres y padres de niños con epilepsia refractaria y otras patologías.

    Cabe señalar que ni bien asumió, Alberto Fernández había prometido revisar la ley 27.350, sancionada en marzo de 2017, una normativa muy criticada por la comunidad de usuarios, médicos, militantes y cultivadores. De hecho, a mediados de este año, el ministro de Salud, Ginés González García, se había reunido con las organizaciones para elevarles el borrador que finalmente fue publicado este jueves.

    A través del decreto 883/2020 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno dio a conocer entonces una nueva reglamentación de la ley 27.350 de uso medicinal del cannabis. “Resulta impostergable crear un marco reglamentario que permita un acceso oportuno, seguro e inclusivo y protector de quienes requieren utilizar el cannabis como herramienta terapéutica”, destacó el Ejecutivo en el Boletín Oficial.

    “Que reglamentar adecuadamente el acceso al cultivo controlado de la planta de cannabis, así como a sus derivados, para fines de tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor, implica cumplir el objeto de la Ley N° 27.350, de garantizar y promover el cuidado integral de la salud, y el acceso gratuito al aceite de cáñamo y demás derivados del cannabis a toda persona que se incorpore al Programa, en las condiciones que se establezcan”, se precisó.

    El ministerio de Salud, será la autoridad de aplicación del programa Reprocann (Registro del Programa de Cannabis) que tendrá como objeto registrar a los pacientes que necesiten acceder a través del cultivo controlado a la planta de cannabis y sus derivados, “como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor”, para emitir las correspondientes autorizaciones.

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