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    Menores de edad podrán denunciar a empresas de productos y servicios

    16 de marzo de 2021 - 11:37
    Menores de edad podrán denunciar a empresas de productos y servicios
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    Los adolescentes de entre 13 y 17 años podrán iniciar denuncias contra las empresas de productos y servicios si están disconformes con alguna prestación. La resolución 236/21 publicada en el Boletín Oficial fue dispuesta por la Secretaría de Comercio Interior, a cargo de Paula Español, y está destinada a los jóvenes que quieran hacer un reclamo en Defensa del Consumidor.

    La iniciativa apunta a que los jóvenes participen de forma activa en una instancia conciliatoria, que es previa de una demanda judicial, a fin de lograr un acuerdo con las compañías ante los casos de una mala prestación de un servicio.

    “Frente al avance de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs), las y los adolescentes se ven inmersos en relaciones de consumo en el entorno digital, que acrecientan su vulnerabilidad, por lo que se vuelve imperioso establecer canales de denuncia o reclamos frente a vulneraciones en el ejercicio de sus derechos como usuarios y consumidores”, se remarca en la resolución.

    La resolución rige para todo el país y que las denuncias pueden hacerse contra cualquier empresa o comercio. Los usuarios pueden realizarlo solos, pero tiene que estar luego acompañados por un adulto durante el proceso administrativo. Para abrir una etapa de conciliación entre la empresa y el adolescente afectado como consumidor, solo será necesario que el último manifieste su voluntad de llevarla adelante.

    La norma contempla un dispositivo de actuación específico, por su calidad de consumidores hiper vulnerables, frente a los reclamos presentados ante la Ventanilla Única Federal (VUF), el Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC) y el Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo (SNAC); y también brinda la posibilidad de que participen en las audiencias con un abogado de la niñez.

    Estos procedimientos especiales tienen sus bases en el Sistema de Protección Integral de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes que autoriza a las personas menores de edad a reclamar ante las autoridades frente la vulneración de algún derecho y a que sus opiniones sean tenidas en cuenta de acuerdo a su edad y madurez.

    Se dispone que las actas de conciliación deberán redactarse en lenguaje claro y con una redacción simple que permita la comprensión de lo escrito y que la manifestación de la voluntad de las y los menores será suficiente a lo largo del procedimiento conciliatorio.

    La resolución invita a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las provincias para que adhieran a la medida y, dentro de sus respectivas competencias, adopten los mecanismos pertinentes para garantizar en sus jurisdicciones los derechos.

    Todavía no se sabe cómo impactará en el sector empresario la apertura de un canal de negociación obligatorio con menores de edad. Pero la baja del rango etario creó un escenario al que las empresas se deberán adaptar para absorber una mayor cantidad de reclamos y contar con un representante legal en cada nueva mediación que inicien los jóvenes consumidores.

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