Las motos que se vendan en el país no podrán circular sin el seguro obligatorio

Es a partir de una normativa del Ministerio de Transporte y comenzará a regir desde el próximo 9 de octubre.

Por Redacción

jueves 28 de septiembre, 2023

A partir de una normativa del Ministerio de Transporte, desde el 9 de octubre los concesionarios y comerciantes de motos en el país deberán garantizar que las unidades vendidas cuenten con seguro vigente antes de circular por la vía pública por primera vez.

Con este objetivo, deberán implementar y gestionar el Formulario Digital Motocicletas 0KM - Seguro Obligatorio Anual. Esta herramienta fue creada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) y la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios (DNRPA).

Según se indicó, el objetivo es que las motos cuenten con el seguro vigente antes de ser liberadas al tránsito y circulen en la vía pública por primera vez, tal como lo establece el artículo 68 de la Ley Nacional de Tránsito.

“Esto es algo que sucede hace muchos años con los autos y que por algún motivo nunca se hizo con las motos. Con esto, el objetivo de la ANSV es modificar una vieja práctica para continuar construyendo una nueva cultura vial para todos los argentinos”, expresó el director ejecutivo de la Agencia, Pablo Martínez Carignano.

Se destacó además que la normativa, comunicada por el organismo del Ministerio de Transporte a través de la disposición ANSV 544/2021, también será obligatoria para el trámite de patentamiento de motocicletas 0 km ante la DNRPA.

En cuanto a los usuarios, la ANSV trabajará articuladamente con Cruz Roja Argentina para realizar un seguimiento, brindar asistencia técnica e información de concientización vial a todos los compradores que adquieran una moto 0 km y gestionen el seguro. Al momento de la adquisición de la moto, el comprador tendrá la opción de elegir la póliza de seguro que se ajuste a sus necesidades.

Esta medida apunta a que si un motociclista se ve involucrado en un incidente de tránsito pueda hacerse cargo del hecho y cubrir los daños ocasionados a través de un seguro legal y vigente. Además, se busca continuar impulsando acciones que impliquen un avance en la seguridad vial en el país y mejoren las condiciones de circulación de los motociclistas, quienes en el 2022 representaron 4 de cada 10 víctimas fatales en hechos viales.

En cuanto a la aplicación de la medida, se destacó que el concesionario o comerciante de motocicletas 0 km deberá darse de alta ante la ANSV como punto de venta enviando la información solicitada a la dirección de mail cra.ec@cruzroja.org.ar. Una vez recibida la información será procesada y se dará de alta como punto de venta habilitado para emitir el formulario.

Una vez habilitado el punto de venta, se deberá registrar al personal autorizado para gestionar el formulario digital. Es un trámite que se efectúa ingresando e iniciando sesión en https://formulariomotos.seguridadvial.gob.ar/login.

El personal autorizado por el punto de venta estará habilitado para gestionar el formulario de manera digital ingresando e iniciando sesión en la dirección mencionada en el punto anterior, donde deberá seleccionar nuevo trámite y completar los datos requeridos de la moto vendida, del usuario y del seguro. También emitirá una boleta de pago que, luego de ser abonada, generará un número de formulario.

Finalmente deberá incorporar el número de formulario en el trámite de patentamiento de la moto 0 km en el campo establecido. Quienes quieran interiorizarse sobre este tema, pueden comunicarse al mail formulariomotos@seguridadvial.gob.ar.

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