Cambios en el monotributo: quiénes pueden reingresar y cuál es el nuevo tope anual
Fue explicado por el contador público Diego Mastragostino, quien consideró que la actualización “no tiene precedentes” y es “significativa y positiva”.
A partir de la aprobación de la Ley Bases y el paquete fiscal, el contador público Diego Mastragostino se refirió a todos los nuevos cambios del monotributo que se deben tener en cuenta, como quiénes pueden reingresar, los topes anuales y los valores de ingreso. Consideró que la actualización “no tiene precedentes” y es “significativa y positiva”.
En ese marco, el especialista en tributación explicó en “Los datos del día” de Mitre (FM 103.7): “En el paquete fiscal había una modificación sustancial en el monotributo que merece la pena analizar. Los servicios estuvieron limitados a la categoría H y ahora pasan como máximo a la K, es decir que se unifica la categoría tanto para bienes como para servicios. De esta manera, el tope anual de ingresos se modifica de 11.900.000 a 68.000.000, y los que tenían actividad de venta de bienes pasan de 16.950.000 al mismo monto. Más sujetos, por facturar más, podrán estar incluidos en el monotributo”.
A su vez, remarcó que ambas actividades -servicios y venta- alcanzarán el tope de los 68 millones, la que consideró que es “la novedad fundamental”.
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“Por las limitaciones de ingresos, muchos monotributistas quedaron excluidos y lo que se definió en el paquete fiscal es que aquellos sujetos que quedaron excluidos del 1° de enero de 2024 puedan reingresar. O sea, si están en el regimen general o se mantuvieron pero incumpliendo las normas, hay un perdón para que puedan volver al régimen simplificado”, sostuvo el docente.
También expresó que se duplicó el ingreso al monotributo “en materia de obra social y jubilación” y que además hay aumentos “significativos” en el impuesto integrado, el cual reemplaza al IVA y al Impuesto a las Ganancias por una suba de escalas en cuanto a ingresos. “Seguramente se equipare con las actividades que cada uno desarrolla y los ingresos que tiene”, indicó.
Asimismo, aseguró que los menores contribuyentes deberán pagar “menos de 30 mil pesos”, considerando el impuesto integrado, la obra social y el componente de jubilación.
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“Estaba la intención de excluir determinados beneficios que, como consecuencia de las modificaciones en el Senado, se mantendrá ese beneficio de extensión respecto a los componentes mencionados. Por lo tanto, nada cambia para los sujetos del monotributo social en materia de montos a ingresar. Algunos importes se desactualizan, pero quedan incluidos dentro del régimen”, añadió el contador público.
Para Mastragostino, la actualización “no tiene precedentes”, es “significativa y positiva”, ya que comentó que “más personas podrán formar parte de la formalidad y tener acceso a seguridad social y obra social”. Por último, aclaró que sólo podrán reingresar quienes quedaron excluidos a partir del 1° de enero de 2024.
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