CAPEAR ALFA elaboró un claro informe a modo de respuesta a Sturzenegger
"La pesca paga el 0,15% de fee por un recurso que es de todos los argentinos", aseguró, en una conferencia en Miami, Federico Sturzenegger, el asesor presidencial que está encargado del proceso de desregulación de la economía que lleva adelante el gobierno de Javier Milei.
Luego de sus declaraciones en una conferencia internacional, la Asociación cámara Argentina pesquera local CAPEAR ALFA elaboró un informe que, si bien no menciona al asesor presidencial, es una clara respuesta a sus dichos.
Analiza que es lo que dice la ley al respecto de los derechos de propiedad de los recursos marítimos: si bien los recursos vivos del mar son de dominio público, en el momento en que éstos se pescan, pasan a ser propiedad privada.
Además, la cámara analizó cuál es la presión impositiva y de otras tasas y aranceles que debe afrontar la Industria Pesquera, llegando a la conclusión de que, sobre los gastos de producción, esta intervención del Estado equivale al 40,53%.
En sus declaraciones, Sturzenegger sugería que el único aporte que hace esta industria a las arcas nacionales es del 0,15%, lo cual sólo corresponde a los derechos de extracción.
Este informe se suma a una serie de trabajos que desde la cámara pesquera han elaborado en los últimos meses, centrados principalmente en el debate al respecto de la modificación de la Ley Federal de Pesca que se propusieron dentro de la Ley Ómnibus que el Poder Ejecutivo había enviado al congreso y que luego fue retirada.
A modo de conclusión, CAPEAR ALFA hace un llamado al diálogo y se pone a disposición del Gobierno para debatir las posibles modificaciones en la normativa que rige esta importantísima actividad económica.
"Parte del debate público que surgió en los últimos días al respecto de la pesca, tiene que ver con la propiedad de los recursos del mar. Es importante, en ese sentido, analizar lo que establece la ley. Los recursos vivos del Mar Argentino son de titularidad de la Nación o de las provincias con litoral marítimo, dependiendo donde estos habiten (arts. 3° y 4* ley 24.922). Es decir. son bienes del dominio público", informó.
"Pero son apropiables por los particulares mediante el ejercicio de la pesca. Recién con ese acto jurídico tiene lugar la transferencia de titularidad del dominio público en propiedad privada. A partir de allí, el pez es pescado y como tal goza de las garantías que el régimen jurídico le otorga a la propiedad privada (art 17 CN, etc.)".
"La CITC-sigue el texto elaborado-, desde el punto de vista legal, es una concesión, como lo es un permiso de pesca. Es un titulo jurídico que otorga la autoridad estatal competente (CFP) a favor de un administrado, y en las condiciones que la ley establece, para el aprovechamiento o explotación de una especie icticola. La Res CFP N° 15/18 es un acto administrativo dictado por la autoridad competente firme y consentido con efectos jurídicos válidos".
El informe de la cámara puede ser consultado en el siguiente link: