Carbón Blanco: se confirmaron los procesamientos y embargos millonarios
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar parcialmente al recurso de casación interpuesto por el fiscal general Federico Carniel y confirmó los procesamientos y embargos dispuestos respecto de Carlos Alberto Salvatore, Silvia Valles Paradiso, Santiago Valles Ferrer, Ricardo Gassan Saba y Carla Yanina Salvatore, en orden al delito de lavado de activos.
La investigación se encuentra a cargo del fiscal Carlos Sansserri, titular de la Fiscalía Federal de Roque Sáenz Peña, con la colaboración de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac), a cargo de los fiscales Gabriel Pérez Barberá y María Laura Roteta.
El 15 de abril de 2015, la titular del Juzgado Federal de Presidencia Roque Sáenz Peña, Zunilda Niremperger, dictó el procesamiento con prisión preventiva de Carlos Salvatore, Silvia Valles, Santiago Valles Ferrer y Gassan Saba y les trabó embargos sobre sus bienes, por sumas que van desde los 265.816.296 hasta los 759.653.024. Asimismo, en relación a Yanina Salvatore y Mariano Castelucci, los procesó sin prisión preventiva y trabó embargo sobre sus bienes por 6 millones y 16 millones de pesos, respectivamente.
Las defensas apelaron el decisorio ante la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, la cual resolvió confirmar los procesamientos de los imputados, dictar la falta de mérito en favor de Castelucci y reducir los montos de los embargos.
Contra ello, el fiscal general Federico Carniel interpuso recurso de casación, que al ser denegado motivó su queja, la cual fue admitida y mantenida por el fiscal general ante la Cámara Federal de Casación Penal, Javier De Luca.
En su presentación, el fiscal Carniel custionó la modificación del encuadre efectuada por el tribunal de alzada. También se agravió de que se haya dejado sin efecto la imputación a Salvatore, respecto del delito de asociación ilícita y que se le haya dictado la falta de mérito a Castellucci por la comisión de lavado de activos de origen ilícito.
Al mantener la impugnación, el fiscal De Luca consideró que la calificación legal de los hechos es una cuestión provisoria que puede ser modificada y que el objeto procesal quedará definitivamente fijado en el juicio oral.