Caso Báez Sosa: rechazan habeas corpus para liberar a los rugbiers
El Tribunal de Casación Penal bonaerense rechazó por “inadmisible” un habeas corpus para que se ordene la libertad de los ocho rugbiers detenidos por el crimen de Fernando Báez Sosa en la ciudad de Villa Gesell el pasado 18 de enero, por lo que los imputados permanecerán presos en la alcaidía 3 del penal de Melchor Romero.
La decisión fue adoptada el pasado 6 de julio por la sala II del tribunal de alzada, que rechazó un planteo formulado por la defensa de Máximo Thomsen (20), Ciro Pertosi (20), Luciano Pertossi (18), Lucas Pertossi (21), Enzo Comelli (20), Matías Benicelli (20), Blas Cinalli (19) y Ayrton Viollaz (21).
Según la agencia de noticias Telám, el pedido de habeas corpus había sido presentado por el abogado defensor Horacio Henricot, quien solicitó que se ordene el cese de la “arbitraria privación de libertad” que padecen los imputados.
De acuerdo al fallo, que lleva la firma de los camaristas Fernando Luis María Mancini y María Florencia Budiño, la defensa considera que los rugbiers están detenidos “como resultado de una estructura arbitraria que se construyó mediante la articulación aparente y contradictoria de dos resoluciones jurisdiccionales: el auto de prisión preventiva y la resolución confirmatoria del mismo por parte de la Cámara de Apelación”.
Además, considera que existe “un intolerable quebrantamiento de garantías constitucionales y normas establecidas en tratados internacionales de jerarquía constitucional, como el ‘derecho a ser oído'”.
En tanto, ante el pedido, se le corrió vista a la fiscal adjunta de Casación, Daniela Bersi, quien se opuso al planteo y consideró que debía rechazarse por “inadmisible” y “subsidiariamente por improcedente”. Finalmente, los camaristas Mancini y Budiño coincidieron con la fiscal y determinaron que el planteo era “inadmisible”.
“No resulta admisible la interposición originaria en esta sede, cuando no existan motivos de excepcionalidad que la autoricen, porque ello implicaría alterar la función encomendada por la ley a este órgano jurisdiccional a través de la vía recursiva, así como la garantía convencional de la doble instancia”, señalaron los camaristas.