El Gobierno dio marcha atrás con la quita del servicio de grúa en los seguros de autos
“Vuelve a estar el servicio de remolque y grúas en los mismos términos que estaba antes”, confirmaron fuentes de la Superintendencia de Seguros.
El Gobierno decidió dar marcha atrás con la resolución que autorizó a las compañías de seguros a dejar de prestar el servicio de grúas en forma obligatoria a partir del 1 de julio.
“Se está por firmar una resolución que deroga la anterior, por lo cual vuelve a estar el servicio de remolque y grúas en los mismos términos que estaba antes”, confirmaron fuentes de la Superintendencia de Seguros.
La Resolución 217/2024, publicada en el Boletín Oficial, había planteado el objetivo de desregular el sector, “proteger al ciudadano” y aumentar la competencia. En rigor, algunas compañías de seguros ya habían empezado a enviar a sus clientes cartas notificando los cambios.
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La modificación implicaba, además, que las aseguradoras ya no estuvieran obligadas a cubrir los “desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas o falta de combustible”. Solo tendrían la obligación de cubrir los costos de grúa y auxilio mecánico en los casos de “accidente, incendio y robo y/o hurto”.
En este contexto, la pregunta que se hacían todos los asegurados a raíz de esto es si con la quita de servicios podrían bajar los montos mensuales de las pólizas, que aumentaron por arriba de la inflación según el registro del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC.
El cambio que aplicó la Superintendencia de Seguros acerca de los servicios de remolque que ofrecen las compañías de seguros de autos apuntaba a “proteger a los asegurados y asegurables ante cualquier regulación que ponga en dudas la concreción de dicha misión”.
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“Existe una percepción muy negativa de parte de los asegurados sobre la asistencia que hoy reciben y los altos costos que demanda la prestación del servicio de remolque y auxilio mecánico para situaciones ajenas a un siniestro, alteran la capacidad de responder a la función principal del contrato de seguro”, argumentó el Boletín Oficial en abril, cuando se publicó la resolución.
Fuente: TN
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