Indagatoria del joven cordobés: "No sabía ni podía imaginar que tenía coronavirus"
El joven cordobés de 23 años infectado con COVID-19 que ingresó a Mar del Plata bajo una identidad falsa fue indagado este martes por el juez federal Santiago Inchausti, ante quien se negó a contestar preguntas. Sin embargo, realizó una "manifestación" en la que aseguró que "no tuvo contacto con la familia de la chica ni con terceros".
Si bien estaba prevista la declaración para este lunes a las 11.30, por pedido de la defensa, se postergó un día y, finalmente, se concretó este martes, a la misma hora, a través de medios digitales.
Según informaron fuentes judiciales, la indagatoria se llevó a cabo con su defensor, en el horario pautado. En sus manifestaciones, el imputado brindó la misma versión de los hechos que ya había dicho a través de los medios.
El joven reconoció que vino con la documentación de su amigo a Mar del Plata, que vino a ver a su novia, que la buscó por la casa y estuvieron en el departamento de la calle Gascón. En el mismo sentido, indicó que "no sabía ni se podía imaginar que tenía coronavirus".
Por otro lado, sostuvo que solo salió del departamento en el que se alojó para hacer unas pocas compras e ingresar, en una ocasión, en la casa de su novia, aunque negó haber mantenido contacto con la familia de la chica ni con terceros.
Por último, el joven -que ya recibió el alta epidemiológica, pero debe permanecer en la ciudad- seguirá con "garante conductual" y fijó domicilio, mientras esté en Mar del Plata, en otro hotel habilitado por el Municipio, donde se hospedará "a su costa".
En una primera instancia, la acusación contra el cordobés se funda por la infracción al artículo 205 del Código Penal, que indica que "será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia", por haber violado las normas nacionales y provinciales que impiden esta conducta.
Además, la imputación también incluye los delitos previstos en los artículos 296 en función del 293, 205, 202 o, alternativa y subsidiariamente el artículo 203 del Código Penal y el artículo 33 ley 17671, entre ellos se encuentra la figura de "propagación de enfermedad peligrosa y contagiosa", en la causal se contempla la posiblidad de una pena de reclusión o prisión de tres a quince años.
En esta causa ya declaró personal de la Secretaría de Salud del municipio de General Pueyrredon, que intervino en el caso y notificó al imputado sobre el resultado del hisopado, y quien lo recibió en el retén de ruta 226 y lo escoltó hasta el laboratorio el sábado, además del personal del edificio donde alquiló un departamento por medio de la plataforma Airbnb.