Jury contra los jueces del caso Lucía Pérez: "Pedimos que sean destituidos"
Declaró la madre de la joven asesinada. El veredicto se conocerá el próximo miércoles.
La familia de Lucía Pérez espera un resultado positivo en el jury seguido contra los jueces Pablo Viñas y Facundo Gómez Urso por el fallo absolutorio de ambos magistrados en 2018.
Al respecto, Marta, madre de la joven asesinada en el 2016, declaró en diálogo con El Marplatense que “nosotros esperamos lo que corresponde que es destituir a estos dos jueces porque como siga esta Justicia, van a seguir ratificando las mismas sentencias que dedicaron a Lucía”.
Por lo que “esto tiene que cortarse de una vez por todas, no puede ser que una familia sufra durante ocho años un proceso para tener, hace un año justicia por segunda vez, y tener pasar por un Jury por seis años”.
“Esto es una demolición para una familia, un asesinato, como sociedad nuestros legisladores y ejecutivos lo tienen que ver”, agregó.
Desde su mirada, “Jueces como estos seguirán dando esa sentencia y peores porque ya lo hicieron sin problemas. Por lo que pedimos que sean destituidos”, indicó.
Durante estos años, “nosotros fuimos con el corazón abierto, nuestros testigos fueron con la verdad, sabemos que los legisladores y el jurado que escuchó deben decidir, pero espero lo mejor que es la destitución de esas personas del poder judicial”, resaltó.
La principal razón por la que piden esta medida es porque “creo que volverían a hacer exactamente, sin correr una coma, lo que hicieron porque no hay ningún arrepentimiento. Para ellos hicieron las cosas como correspondía”, concluyó.
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El caso de Lucía
El caso de Lucía Pérez sacudió a la opinión pública en momentos en que se armaban las primeras movilizaciones en reclamo de “Ni Una Menos”. Su muerte derivó en la primera huelga de mujeres, el 19 de octubre de 2016. Fue la fiscal de la causa María Isabel Sánchez la que horrorizó a sociedad, ya conmovida por los femicidios, al contar el crimen: “jamás vi una conjunción de hechos tan aberrantes”. Aseguró que la joven había sido empalada “con un sufrimiento sobrehumano”, algo que los peritos forenses descartaron y derivó en que se ordenara una investigación sobre la funcionaria.
Lucia tenía 16 años e iba a la escuela Media 3 de Mar del Plata. Los acusados en la causa fueron Matías Gabriel Farías (26), Juan Pablo Offidani (45) y Alejandro Alberto Maciel (62), que murió el año pasado. Según la hipótesis de la causa, Lucía y Farías se habían conocido el 7 de octubre de 2016 cuando Farías fue a venderle a Lucía marihuana a la escuela y la adolescente le habría quedado debiendo 100 pesos. Quedaron en verse al día siguiente.
Lo que pasó ese 8 de octubre de 2016 es lo que se investiga. Matías Farías (que en ese momento tenía 23 años) y Juan Pablo Offidani (entonces de 41) fueron a buscarla. La llevaron hasta la casa de Farías en el barrio Alfar. En el camino compraron facturas y cigarrillos. Al llegar a la casa, Offidani se fue. La fiscalía sostuvo que allí la joven fue drogada y abusada hasta la muerte, y que el cuerpo fue llevado a un centro asistencial de Playa Serena, luego de haber sido lavado y acondicionado con la ayuda del tercer acusado.
Las defensas negaron esas acusaciones. Afirmaron que las relaciones sexuales con Farías fueron consentidas y que la chica sufrió una asfixia tóxica producto del consumo de drogas que derivó en su muerte. Admitieron la venta de estupefacientes pero pidieron la pena mínima. Y cuestionaron a la primera fiscal del caso por haber tratado como “animales” a los imputados, tras sostener que nadie en esta causa podía sacarse de la cabeza aquella imagen inicial hablando de un empalamiento.
El Tribunal Oral de Mar del Plata dio su veredicto en 2018. A dos de ellos los condenados a ocho años de prisión pero por “tenencia de estupefaciente con fines de comercialización”. Por unanimidad se absolvió a los tres imputados por el abuso sexual y femicidio de Lucía Pérez.
Tanto la fiscalía como la querella apelaron. Casación anuló la decisión y ordenó hacer un nuevo juicio. Es que, según se subrayó, “a las eventuales víctimas de abuso sexual no se las debe catalogar como vulnerables o no vulnerables como lo han entendido erróneamente los sentenciantes porque eso sería como tildarlas de abusables o no abusables. Son lisa y llanamente eventuales víctimas de abuso sexual; nada más”. Consideró que esa nueva victimización secundaria que sufrió la víctima “(aun después de muerta) atentó contra su intimidad y su dignidad, y la de su entorno; y se debe considerar como un claro signo de estigmatización”. La defensa apeló la sentencia de Casación que anuló las absoluciones y ordenó realizar un nuevo juicio oral. Fue eso lo que llegó a la Corte Suprema que desestimó el recurso.
La decisión de la Corte llegó cuando el segundo juicio oral ya se hizo y condenó a los implicados. Ahora, esa sentencia está siendo revisada ante la Cámara de Casación bonaerense. Si sigue el camino de las apelaciones, también llegará a la Corte Suprema.
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