La Justicia ordenó suspender la exploración petrolera en Mar del Plata
El juez Santiago Martín hizo lugar a la medida cautelar impulsada por el intendente Guillermo Montenegro y distintas organizaciones ambientales, con lo que la empresa Equinor tiene prohibido comenzar la exploración en las costas bonaerenses en busca de petróleo.
En la resolución, se destacó que se hizo lugar "a la medida cautelar solicitada, y en consecuencia ordenando la inmediata suspensión de la aprobación del proyecto denominado “CAMPAÑA DE ADQUISICIÓN SÍSMICA OFFSHORE ARGENTINA: CUENCA ARGENTINA NORTE (ÁREAS CAN 108, CAN 100 Y CAN 114)” dispuesta por Resolución 436/2021 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, ello hasta tanto se dicte sentencia definitiva en autos".
"Además, hacer saber a la empresa EQUINOR ARGENTINA SA SUCURSAL ARGENTINA que atento lo resuelto, deberá abstenerse de iniciar las tareas de exploración vinculadas al proyecto referido hasta tanto se dicte sentencia definitiva en estas actuaciones".
Entre los fundamentos para dicha resolución, el juez Martín expuso que "el cumplimiento defectuoso de los estándares sobre información y participación que se desprenden de la legislación vigente y del Acuerdo de Escazú (Ley 27.566); las falencias del Estudio de Impacto Ambiental derivadas de la insuficiente proyección sobre los impactos acumulativos de las exploraciones a realizarse sobre el Mar Argentino; y la falta de una instancia de consulta al Municipio de General Pueyrredón en el proceso de toma de decisión".
"Las falencias descriptas justifican e imponen la aplicación del ‘principio
precautorio’, en cuanto establece que: “Cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en función de los costos, para impedir la degradación del medio ambiente (art. 4º LGA)", agrega.
Asimismo el dictamen se advirtió que la autorización estatal sobre el proyecto de exploración “se habría desencadenado de manera súbita, cuando se encontraban suspendidos los plazos administrativos a la espera de los informes de distintas reparticiones estatales”.
Y finalmente el titular a cargo del Juzgado Federal N° 2 expuso que "en el área de influencia del proyecto se encuentra presentes la flota fresquera de altura y congeladora, con buques arrastreros y palangreros, donde Mar del Plata es el principal puerto de desembarco".
"Ello justifica el interés reforzado del Municipio de General Pueyrredón en la suerte del proyecto a realizarse, atento las consecuencias que podrían derivar hacia la industria de la pesca y del turismo de Mar del Plata los eventuales impactos ambientales derivados de la exploración y posible explotación hidrocarburífera en la zona", sostiene.
Y agrega: "Este interés también se reflejó en la audiencia pública, donde la mayoría de los participantes fueron vecinos de esta ciudad, según puede constatarse de las actas obrantes en las actuaciones administrativas".