Menos mesas y horarios especiales para personas de riesgo: ¿Cómo será el protocolo para votar?
La Cámara Nacional Electoral aprobó este martes el protocolo sanitario de prevención del Covid-19 que se implementará en las próximas elecciones, que establece medidas sanitarias y organizativas para evitar contagios de coronavirus en el marco de las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) del 12 de septiembre y generales del 14 de noviembre.
El "Protocolo sanitario de prevención COVID-19 – Elecciones nacionales 2021", elaborado en forma conjunta por la Dirección Nacional Electoral del Ministerio de Interior y el Ministerio de Salud, establece, entre otras medidas, la implementación de una franja horaria prioritaria para personas que integren grupos de riesgo y un máximo de cantidad de mesas que puedan habilitarse por establecimiento.
"Desde el Poder Judicial de la Nación tuvimos la novedad de la aprobación del protocolo por parte de la Cámara Nacional Electoral, el cual fue realizado en conjunto con el Ministerio del Interior de la Nación y el Ministerio de Salud de la Nación", manifestó el Juez Federal, Santiago Martín, en declaraciones a El Marplatense.
"Se trata de un protocolo que nos introduce algunas novedades en cuanto al acto eleccionario y algunas nuevas reglas lógicas para cumplir en el marco de la pandemia", aseguró.
"El protocolo dispone entre otras cosas que aquellos que se encuentran dentro de los factores de riesgo, tendrán una franja horaria prioritaria para emitir el voto, que será entre las 10.30 y las 12.30", detalló Martín.
"Esto significa que hay prioridad para las personas que integran los grupos de riesgo. Estas personas lógicamente también podrán ir en otros horarios, pero la intención del protocolo, la norma y la reglamentación es que estas personas asistan en ese horario y que quienes no pertenecen a los grupos de riesgo vayan en otro horario, para evitar riesgos de contagios", subrayó el Juez Federal.
"El protocolo también establece que quienes tengan una situación de aislamiento, por supuesto deberán respetarla sin asistir a los locales de votación y después justificar la no emisión del voto, lo mismo que las personas que se encuentren transitando la enfermedad", remarcó.
En referencia a la ubicación de las mesas en los diferentes establecimientos, el Juez Martín sostuvo que "el protocolo indica que los locales electorales tendrán una cantidad máxima de 8 mesas. La intención lógicamente es que no haya una aglomeración de gente excesiva para evitar riesgos de contagios y cuidar a su vez el aforo máximo en cada local".
"Por este motivo, seguramente mucha gente se encontrará con que va a votar en un lugar, donde no lo venían haciendo en las anteriores elecciones", aclaró.
En referencia a quienes no puedan votar por diferentes cuestiones, Martín señaló que "la competencia de los Juzgados Federales del interior, como lo es el Juzgado Federal 2 de Mar del Plata, se limitarán a lo que establece la Ley Nacional Electoral, que es garantizar el derecho al voto a aquellas personas que consideran que se les vea arbitrariamente impedido el voto por las autoridades de mesa".
"En estos casos podrán presentarse con el reclamo correspondiente y si es necesario presentar oralmente, sin necesidad de hacerlo con un abogado, un amparo electoral y en ese caso en el juzgado revisamos la decisión de las autoridades de mesa y vemos si esa decisión se ajusta a derecho o no y eventualmente se resuelve", concluyó el Juez Federal, Santiago Martín.
Las medidas
– Las disposiciones buscan evitar la aglomeración de personas y para reducir el aforo se procurará no habilitar más de ocho mesas de votación por establecimiento.
– Se establece la implementación de una franja horaria prioritaria entre las 10.30 y las 12.30 para personas que integren grupos de riesgo.
– La utilización de tapabocas o barbijo será obligatorio tanto dentro como fuera del establecimiento.
– El protocolo prevé la utilización de elementos de protección personal e higiene y capacitar a las autoridades de mesa "preponderantemente por medios no presenciales".
– Se incorpora la figura del facilitador sanitario, cuya función será hacer cumplir las medidas sanitarias para la prevención de coronavirus.
– En cada distrito la justicia federal con competencia electoral determinará el procedimiento de emisión del voto para los electores que presenten síntomas evidentes compatibles con Covid-19 y que exijan ejercer su derecho al sufragio.
Además, el documento requiere "la colaboración de los partidos políticos para el correcto desarrollo del proceso electoral".
En ese sentido, exhorta a las agrupaciones políticas a que, con el objeto de reducir el aforo de los establecimientos de votación, mantengan "simultáneamente dentro de cada establecimiento de votación la cantidad mínima necesaria de fiscales partidarios". Asimismo, pide colaboración para minimizar la manipulación de los sobres de votación.
El texto de la acordada de la Cámara Nacional Electoral también ratifica en su artículo 9 que la consulta al padrón y la recepción y tramitación de los reclamos estará habilitada en todo el país por vía digital, "a través del sitio www.padron.gob.ar, en los plazos previstos por el cronograma electoral".
En ese contexto, dispuso que "se incorpore al portal habilitado para consulta al Registro de infractores y solicitudes de justificación de no emisión del voto las causales específicas de justificación de no emisión del voto", para que "soliciten a través de Internet la justificación de la no emisión del voto quienes a la fecha de la elección estén cumpliendo protocolos de aislamiento de COVID-19".
Acerca de los facilitadores sanitarios
El 31 de julio pasado la Dirección Nacional Electoral definió las funciones y el alcance de las tareas que cumplirán los más de 17.000 facilitadores sanitarios que se desempeñarán, por primera vez, en las elecciones PASO y en las generales de noviembre, a raíz de la pandemia de coronavirus.
Las personas que cumplan con esas tareas contarán con una identificación distintiva que facilitará su reconocimiento y tendrán dedicación exclusiva.
Así, los facilitadores tendrán como tarea ordenar el ingreso de votantes para no saturar la capacidad interna del local, constatar el uso de tapabocas, hacer respetar el distanciamiento social de 2 metros entre las personas, y controlar que se cumpla la capacidad máxima de concurrencia en los locales de votación.
Además, deberán controlar y alentar el respeto de las normas sociales de contacto físico en pandemia, evitar aglomeraciones de personas, sobre todo en espacios cerrados, y hacer respetar las filas en el exterior observando las medidas preventivas.