Qué derechos poseemos para el acceso a la salud
La licenciada en Salud y ex directora del Municipio en esa área, Patricia Fortina explica la situación actual y como es la accesibilidad.
El acceso a la salud, es un derecho que establece la Constitución Nacional para todos los habitantes argentinos. Según lo indica el Artículo 41, deben gozar de un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras, además del deber de preservarlo.
Asimismo, el Artículo 42 especifica que los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho en la relación del consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos, a una infamación adecuada y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno.
En ese marco, la licenciada en Salud y ex directora del Municipio en esa área, Patricia Fortina dialogó con El Marplatense y replanteó la salud como derecho y obligación en la actualidad: "La Constitución Nacional, en sus artículos 41 y 42, entre otros, garantiza la plena vigencia del derecho a la salud en la República Argentina. Como contracara de la enfermedad o como un estado de bienestar al que aspira a lograr todo ser humano", dijo.
Puede interesarte
"Estos artículos mencionan la protección de la salud y existen diferentes escalones de salud y bienestar que tienen una importancia vital para todos los individuos. Es así que una persona con una mala, no podría estudiar, trabajar y mucho menos vivir plenamente. El derecho a ella, está estrechamente relacionado con otros fundamentales como la alimentación, el acceso al agua potable, el saneamiento del medio ambiente. Éste que proporciona y establece nuestra constitución, se refiere a acceder a cuidados médicos pero sin embargo, dicho no garantiza nuestra salud", agregó.
"Este derecho a la salud, obliga al estado nacional, en sus diferentes niveles, ya sea nacional, provincial o municipal, a garantizar a sus ciudadanos la posibilidad de vivir en salud. Debe ofrecer accesibilidad al sistema, prevención, de enfermedades y protección de la salud y posibilidad de diagnóstico precoz y tratamiento oportuno, promoción de la salud materno infantil como así también educación para la salud e inmunizaciones de calendario nacional, según el criterio establecido de vacunación", sumó.
"La protección por medio de inmunizaciones es un acto, estrictamente individual. Cada uno de nosotros recibe en ese momento una vacuna contra una o varias enfermedades. Pero el impacto que tiene es comunitario porque al estar todos vacunados, la mayor parte de la población, tiene un impacto de esa índole y previene o disminuye el riesgo de enfermedades", indicó la referente.
Puede interesarte
Y a modo de conclusión, la Licenciada afirmó que "los controles médicos dependen en primer lugar de decisiones personales pero también de adaptación a sortear las dificultades del sistema de salud que tenemos en Argentina, del cual todos sabemos que está desbordado. Pero así y todo, dichas obligaciones que nosotros debemos cumplir para cubrir el mejor estado de salud y bienestar. En caso de no saber cómo hacerlo o no poder hacerlo, el sistema de salud, en sus tres subsectores, tanto público, privado o de obra social, a través de planes y programas, nos ayuda a alcanzar el bien más preciado, la salud y el bienestar".
Comentarios
Para comentar, debés estar registrado
Por favor, iniciá sesión