Revés para directivos de una fábrica acusados de contaminar una playa del puerto
El hecho se produjo en el verano de 2016, cuando se detectó el vertimiento de un material tóxico a través del desagüe pluvial.
La Corte Suprema de Justicia desestimó los planteos presentados por los directivos de una fábrica de harina de pescado de la ciudad, quienes fueron acusados por contaminar la playa pública del puerto.
Se trata de Juan Carlos D’Amico, Vicente Galeano, Cayetano Sebastián Agliano, Jorge Antonio Boccanfuso, Salvador Pennisi, Crescencio Jorge Di Scala y Rubén Darío Buckhard, a quienes se le imputa en calidad de coautores el vertido de sustancias tóxicas desde las instalaciones de la fábrica de harina de pescado de la firma Cooperativa Marplatense de Pesca e Industria LTDA (Coomarpes), a través del desagüe pluvial ubicado en la playa pública del puerto, con afectación a la salud de los bañistas.
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Según recordó el abogado penalista Gabriel Iezzi, el 15 de noviembre de 2021, el Juzgado Federal de Mar del Plata N° 1 había rechazado el planteo de prescripción de la acción civil presentado por los directivos demandados, con fundamento en que la actividad contaminante ha sido prolongada en el tiempo.
Dos años antes, la Cámara Federal de Apelaciones había confirmado los procesamientos de los siete directivos, además de aplicar un embargo millonario.
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El hecho en cuestión se produjo el 25 de febrero de 2016, cuando funcionarios municipales detectaron el vertimiento de un material tóxico a través del desagüe pluvial que tenía su origen en la fábrica de la empresa Coomarpes Ltda. Esto derivó en una serie de medidas probatorias, como la toma de tres grupos de muestras de sustancias de desecho obtenidas en diferentes lugares y momentos.
Fuente: DIB
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