En Mar del Plata, se denegó por segunda vez la prisión domiciliaria a un represor
El Tribunal Oral Federal 1 de Mar del Plata denegó por segunda vez el pedido de prisión domiciliaria para el represor Carlos María Robbio, quien fue condenado a prisión perpetua el pasado 27 de abril por los crímenes cometidos en la denominada Subzona 15 de esta ciudad bonaerense durante la última dictadura cívico militar, informaron hoy fuentes judiciales.
La decisión se fundamenta en la gravedad de los hechos cometidos por el condenado, así como la posibilidad existente de fuga, sumado a que en la unidad carcelaria 31 del Servicio Penitenciario Federal de Ezeiza, en la que esta alojado, "se están tomando las medidas de prevención necesarias para evitar los riesgos de contagio relacionados al Covid-19".
El Tribunal destacó que "las medidas preventivas existentes en la cárcel no difieren de las tomadas en el resto del territorio nacional", y remarcó que "son las pautas a las que se ha llegado en función de los conocimientos científicos y experiencias con los que se cuenta a la fecha".
"Las autoridades penitenciarias no han reportado contagios ni casos sospechados dentro de la población carcelaria e infirió la existencia de riesgos procesales a partir de la grave condena impuesta por sentencia -no firme- en los autos principales”, sostuvo el tribunal en su fallo.
Para llegar a esta decisión, el TOF 1 tuvo en cuenta las opiniones de los abogados de las distintas partes y a las víctimas, y a la Subsecretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, quienes se opusieron expresamente a que el beneficio de la prisión domiciliaria le sea otorgado al represor Robbio.
El argumento utilizado por la defensa en los dos pedidos fue la persistencia de pandemia del coronavirus y los riesgos sanitarios que implica, a lo cual los jueces respondieron negativamente por entender que el condenado "tiene garantizadas las medidas de prevención adecuadas".
Carlos María Robbio (ex jefe de la Agrupación Buzos Tácticos de la Armada) es uno de los 35 condenados en el juicio conocido como “Subzona 15“ cuya sentencia se conoció el pasado 27 de abril.
Él -al igual que otros 27 represores- recibió la pena de prisión perpetua por haber formado parte como "jefe de una asociación ilícita agravada por mediar violencia, amenazas e imposición de tormentos contra perseguidos políticos y además por haber sido autor de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos agravada y homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas".
El primer rechazo del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, integrado por Roberto Falcone y Mario Portela, llegó el pasado 18 de mayo al entender que la modalidad de cumplimiento de la pena no firme de Robbio en unidad carcelaria deviene proporcional y adecuada.
Asimismo, los jueces repararon en informes de la división Seguridad Interna sector “A” anexo residencial para adultos mayores y la división Asistencia Médica de la Unidad 31 del SPF que dieron cuenta que “no padece enfermedad infectocontagiosa y que se encuentra en tratamiento con medicación acorde a sus patologías”.
Los informes expresan sobre las medidas sanitarias adoptadas, tanto para la población penal alojada como para el personal penitenciario, incluso al ingreso del penal, con control de temperatura corporal, elementos de desinfección y la obligación del uso de barbijos.