Gas: empresas que corten por falta de pago tendrán multas de $100 mil
El juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, ratificó la medida cautelar que prohíbe el corte del suministro de gas a los usuarios que no lo puedan pagar. Las empresas serán sancionadas con una multa de entre 1.000 y 100.000 pesos por cada corte "ilegítimo".
En las resoluciones se rechazaron dos planteos del magistrado en lo Contencioso Administrativo Federal, Enrique Laivé Pico. Además, señaló que "no puede convertirse en un bien suntuario de acceso limitado sólo para determinados grupos, el Estado debe garantizar un estándar mínimo de calidad de vida y la accesibilidad a los servicios públicos esenciales"
Padilla aclaró que, más allá del veto a la Ley de Emergencia Tarifaria, "no se ha modificado las circunstancias de hecho y de derecho vinculadas a la obligación del Estado de atender derechos indispensables y la situación de los sectores vulnerables".
"Es algo tan simple como importante: que los ciudadanos más vulnerables que se encuentren económicamente imposibilitados de abonar el nuevo cuadro tarifario que ha sido impugnado judicialmente, deben ser protegidos por el Estado", apuntó el magistrado.
También, aclaró que su decisión no está dirigida a quienes "sí pueden abonar las tarifas, sino para aquellos que a los que les puede resultar excesivamente oneroso afrontar el nuevo cuadro tarifario o se encuentran en la necesidad de resignar otros servicios o derechos básicos para atender a su pago".
Asimismo, para verificar el cumplimiento de las órdenes judiciales, dispuso que las prestatarias del servicio de gas deben informar al Tribunal acerca de los cortes de suministro que se lleven adelante por falta de pago, "dando cuenta de lo actuado en el marco del procedimiento establecido por la Justicia".