Más críticas al Censo 2022: “La no utilización del término ‘Discapacidad’ es un grave error”

A través de un proyecto de resolución, el bloque de concejales de la Coalición Cívica manifestó su preocupación por el Censo 2022 por “no cumplir con el fin de obtener datos precisos sobre la población con discapacidad”.

Por Redacción

sábado 28 de mayo, 2022

A través de un proyecto de resolución, el bloque de concejales de la Coalición Cívica manifestó su preocupación por el Censo 2022 realizado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (INDEC), por no cumplir con el fin de obtener datos precisos sobre la población con discapacidad", debido a la falta de inclusión en la encuesta del concepto real “discapacidad” conforme lo establece la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, Ley 26378.

En los fundamentos de la iniciativa, a la cual El Marplatense tuvo acceso, la edil Liliana Gonzalorena recordó que “el día 18 de mayo de 2022, se realizó el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas que se efectúa cada diez años en Argentina por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) conforme a la Ley 17.622”.

“El censo nacional, es la herramienta más importante en términos de recolección de datos a nivel nacional sobre la situación actual de la población con y sin discapacidad. Se puede advertir que en el mismo no aparecen los instrumentos que hagan visible la realidad y el impacto de la discapacidad”, dijo.

A continuación, la concejala de Elisa Carrió cuestionó que “en el cuestionario utilizado no figura en forma expresa la condición de las personas con discapacidad por no contener preguntas directas, como por ejemplo: ¿cuántas personas tienen discapacidad en el hogar? , ¿qué edad tienen? , ¿si la discapacidad es de nacimiento o adquirida? , ¿si cuentan con Certificado Único de discapacidad (CUD)? , ¿si está en trámite por primera vez , por renovación u otros motivos referentes a la discapacidad? , ¿si existen menores que asistan a una escuela especial , a qué nivel asisten, a qué modalidad , ¿ si utiliza apoyos? Etc”.

En ese contexto, desde la CC subrayaron que “las distintas organizaciones , la Federación Argentina de Instituciones de Ciegos y Ambliopes (FAICA), la Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad entre otras, y las personas con discapacidad, se han venido desde larga data, pronunciado mediante solicitudes y sugerencias para garantizar la verdadera inclusión dentro del relevamiento, manifestando que en ningún momento fueron consultados para el diseño y confección del formulario censal y que las preguntas incluidas en el mismo resultan insuficientes para obtener un relevamiento concreto de las personas con discapacidad”.

Y afirmaron que “con la utilización del término personas con ‘Dificultades o Limitaciones’, quedan fuera del Censo 2022 las personas con discapacidad, perdiéndose de esta manera información imprescindible para definir políticas públicas. Según los términos utilizados en el censo 2022, ‘Dificultades’ y ‘Limitaciones’, parte de los parámetros establecidos según la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de discapacidad y de la salud (CIF) de la OMS del año 2001”.

“La no utilización del término ‘Discapacidad’ es un grave error, partiendo de que no todas las dificultades y limitaciones se traducen en discapacidad y que la aceptación del término es una cuestión subjetiva de la persona. Se han incumplido los parámetros de accesibilidad establecidos por el artículo 9 de la CDPD y la ley 26.653 de accesibilidad a la información pública en las páginas web en el formulario online”, denunciaron.

“La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, adoptada mediante resolución de la Asamblea General de Naciones el día 13 de diciembre de 2006, en su artículo 1 establece que su propósito ‘… es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto a su dignidad inherente. Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás’ . En el artículo 33 de la Convención sobre aplicación y Seguimiento nacionales establece que ‘La sociedad civil, y en particular las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan, estarán integradas y participarán plenamente en todos los niveles del proceso de seguimiento’”, sentenciaron.

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