Bonificación docente: la Suprema Corte rechazó el pedido del Concejo
Apenas un día antes de que los docentes municipales de Mar del Plata realicen una nueva jornada de retención de tareas, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, por unanimidad, desestimó este miércoles la solicitud del Honorable Concejo Deliberante de General Pueyrredon para que levante la medida cautelar que ordena suspender la aplicación de la ordenanza 18257, mediante la que el Intendente Carlos Arroyo eliminó la histórica bonificación salarial que percibían desde hace 30 años.
"Cabe consignar que, por medio de dicha ordenanza, se estableció un sistema de bonificación diferenciado al personal de docentes municipales.
Se adjunta la resolución del máximo tribunal de justicia provincial que ratifica y mantiene la inaplicabilidad de dicha bonificación a los docentes del partido de General Pueyrredon", informaron mediante un comunicado desde el Ejecutivo municipal.
De acuerdo a la resolución que lleva las firmas de los seis jueces del máximo tribunal de Justicia de la provincia, "los motivos invocados por el presidente del Concejo Deliberante carecen de virtualidad para disponer el levantamiento de la medida cautelar ordenada".
En otro de los párrafos, los magistrados se refieren a la única prueba informativa que acompañó el Concejo en su presentación ante la Suprema Corte y aclaran que "el Convenio Colectivo de Trabajo al que se hace referencia, aún no ha sido registrado por el Ministerio de Trabajo bonaerense, por lo que corresponde, por el momento, prescindir de ella sin perjuicio de la eventual denuncia de su registración y puesta en vigencia".
La Suprema Corte dirime en el conflicto entre el Concejo Deliberante y el Ejecutivo municipal por la ordenanza aclaratoria que emitió el cuerpo legislativo que ratificaba el pago de la bonificación docente, que luego fue vetada por Arroyo y fue aprobada nuevamente "por insistencia" en el recinto.
En tanto, la semana pasada, el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 2 de Mar del Plata rechazó el pedido del Ejecutivo para que se levante la medida cautelar dictada a favor de los docentes municipales respecto a la bonificación salarial que perciben desde hace 30 años. El juez Marcelo Daniel Fernández aseguró en su fallo que “no se advierte cómo la medida cautelar dictada puede estar afectando al interés público en forma más grave que a los sujetos beneficiarios de la misma”, tal y como argumentó la comuna para solicitar la suspensión o el levantamiento de la medida.
Desde hace varios meses, los docentes municipales mantienen un enfrentamiento con el Ejecutivo municipal desde que, en octubre del año pasado, Arroyo firmó un decreto que modificó la forma en la que se liquidan los salarios docentes y que, en la práctica, despojaba a los educadores de las escuelas municipales de una histórica bonificación que percibían desde 1989 y representaba unos cinco mil pesos extra en sus sueldos.
Luego de que desató una fuerte polémica, el Concejo Deliberante aprobó una nueva ordenanza que otorgaba legitimidad a la antigua forma de liquidación. El jefe comunal redobló la apuesta y se encargó de vetar la norma unos días después.
Sin embrago, más tarde, el cuerpo legislativo rechazó el veto y votó nuevamente “por insistencia” la ordenanza. Ante este revés, el Intendente realizó una presentación ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en la que demandó al Concejo Deliberante por “conflicto de poderes”.
En una nueva escalada del conflicto, el pasado 28 de febrero el gremio se presentó ante la Justicia Contenciosa Administrativa de Mar del Plata para solicitar la nulidad del Decreto del Ejecutivo Municipal 2272/18 en 17 expedientes.
El pasado 10 de marzo, la Justicia dictó una medida cautelar indicándole al Departamento Ejecutivo de General Pueyrredon que debe “dejar sin efecto tres artículos del mencionado decreto y proceder a liquidar la bonificación especial docente como lo hacia antes del dictado de ese acto administrativo”.
El Juez estableció un año como tiempo de ejecución de esta medida cautelar, por considerar que es tiempo suficiente para dictar la resolución de fondo. “Sin duda, este es un primer paso en el camino hacia la devolución de un derecho vulnerado”, destacaron desde el Sindicato de Trabajadores Municipales (STM).
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