Desde el Concejo Deliberante piden eximir del pago de tasas a gimnasios y natatorios marplatenses
Este semana, tal como adelantó este portal de noticias, referentes y dueños de los gimnasios de Mar del Plata se reunieron con los presidentes de los bloques políticos del Concejo Deliberante para pedir por la eximición de tasas mientras no puedan trabajar, situación que se mantendría hasta el año próximo.
Este jueves, el presidente del bloque de concejales del Frente de Todos, Marcos Gutiérrez, presentó un proyecto de ordenanza para crear un Registro de Gimnasios y Natatorios, a los efectos de implementar beneficios impositivos al sector, en el distrito de General Pueyrredon.
En el expediente, al cual El Marplatense tuvo acceso, el edil kirchnerista se refirió a “la emergencia sanitaria a nivel global impuesta por la pandemia del nuevo Coronavirus COVID-19, implica una gran crisis a nivel económico, afectando el empleo, la producción y el consumo”.
“El Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio implicó la necesidad generar mecanismos sociales de contención del avance del COVID-19, entre ellos, el cierre temporario de todas las actividades no consideradas esenciales. Entre las actividades restringidas se encuentran los gimnasios y natatorios, caracterizadas por elevados costos fijos de mantenimiento y funcionamiento”, puntualizó Gutiérrez.
Y destacó que “no existen certezas respecto a los lazos de extensión del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio; ni de la apertura de actividades tales como las que se postulan”. “Las ordenanzas fiscal e impositiva Nº 24.706 y 24.707 y el Reglamento General del Servicio Sanitario tienen numerosos ítems relacionados en forma directa con el sector”, añadió.
Para Gutiérrez, “resulta necesaria la intervención del Departamento Ejecutivo como facilitador de soluciones tendientes a impulsar la reactivación económica de todos los sectores de la economía local”.
En la iniciativa, se establece:
-Exceptuar a los establecimientos incluidos en el Registro del pago por todo concepto dispuesto por Capítulo I: Tasa por Servicios Urbanos de la Ordenanza Impositiva vigente.
-Exceptuar a los establecimientos incluidos en el Registro del pago por todo concepto dispuesto por Capítulo III: Tasa por Habilitación de oficinas, locales de prestación de servicios, depósitos, comercios e industrias de la Ordenanza Impositiva vigente.
- Exceptuar a los establecimientos incluidos en el Registro del pago por todo concepto dispuesto por Capítulo IV: Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene de la Ordenanza Impositiva vigente.
- Exceptuar a los establecimientos incluidos en el Registro del pago por todo concepto dispuesto por Capítulo V: Tasa por Publicidad y Propaganda de la Ordenanza Impositiva vigente.
- Exceptuar a los establecimientos incluidos en el Registro del pago por todo concepto dispuesto por Capítulo XVII: Contribución a la Salud, la Educación y el Desarrollo Infantil de la Ordenanza Impositiva vigente.
- Exceptuar a los establecimientos incluidos en el Registro de Gimnasios y Natatorios del pago por todo concepto dispuesto por el Reglamento General del Servicio Sanitario vigente – Obras Sanitarias, con el objetivo de garantizar el mantenimiento y normal funcionamiento de los mismos.
- Condónar las deudas contraídas por los establecimientos incluidos en el Registro de Gimnasios y Natatorios.