La Corte avaló al Municipio para iniciar acciones por cortes de calle
Tras los pedidos del Ejecutivo municipal, la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires permitió que el Municipio inicie acciones (presentar recursos de amparo a la Justicia) ante cortes de calles durante manifestaciones, quema de gomas y objetos, entre otras acciones.
La Suprema Corte Provincial admitió sustanciar la acción de amparo deducida por la Municipalidad ante los cortes de calle, uso de bombas de estruendo e incendios en vía pública.
La Justicia marplatense, a través de la Sala II de la Cámara en lo Penal y de Garantías y el Tribunal en lo Criminal N°3, desestimó en su momento el amparo presentado en 2017 por el intendente municipal que denunciaba el desarrollo de manera sistémica actos de grupos políticos alrededor del Municipio consistentes en quema de neumáticos, uso de bombas de estruendos, armado de carpas en calles y plazas, incendio de objetos en vía pública, corte total y/o parcial de las calles y avenidas, afectación del transporte público, etc.
En esta nueva instancia, un dictamen del Máximo Tribunal provincial dispuso anular los fallos que desestimaron la acción de amparo y señalaron que “no es posible omitir el tratamiento de los planteos del Municipio”. Ya que, entre otras afectaciones de garantías constitucionales, se denuncia un daño al medio ambiente, que se encuentra vedado en el artículo 41 de la Constitución.
De esta forma, la Corte, a raíz del Recurso Extraordinario que elaboró la Subsecretaría de Legal y Técnica municipal, dio lugar al amparo ante la denuncia de acciones de grupo y movimientos que alteran y avasallan derechos y garantías re raigambre constitucional en perjuicio de la población.
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