La Justicia Federal cerró el caso Santiago Maldonado
En un fallo de casi 300 páginas, el juez federal Gustavo Lleral cerró la causa por la muerte de Santiago Maldonado. El magistrado dio por finalizado tanto el habeas corpus, destinado originalmente a determinar la desaparición del joven, como la causa por Desaparición Forzada, la principal hipótesis de la investigación.
En este marco dictó el “sobreseimiento total y definitivo” de Emmanuel Echazú, Alferez de Gendarmería Nacional, que había quedado bajo sospecha de haber tenido alguna participación en lo ocurrido en el predio ocupado por una comunidad mapuche en Cushamen, en agosto de 2017.
El juez Lleral refirió en su fallo que no hay ninguna duda acerca de las circunstancia de la muerte de Maldonado, ubicándola el 1 de agosto de 2017 en el río Chubut, Cushamen, por ahogamiento y en soledad. El magistrado hizo una dura alusión a los sectores que intentaron pervertir la investigación y sacar provecho de las versiones que apuntaban a un caso de violencia de Estado. Además concluyó que las nuevas pruebas que se han solicitado no sumarían ningún dato sustancial sino que, por el contrario, prolongarían innecesariamente el trámite de una causa que ya se encuentra esclarecida.
El fallo llega 24 horas después de conocerse los resultados de los análisis hechos en los laboratorios del INTI sobre un conjunto de DNI similares al que llevaba Maldonado. El peritaje demostró que los documentos no son afectados por el agua a lo largo de 90 días y esto explica por qué el del joven se encontraba en buen estado.
“En suma, analizada la sólida prueba reunida, y establecida con certeza la realidad de los hechos, corresponde descartar por completo la hipótesis criminal acerca de la presunta desaparición forzada de Santiago Andrés Maldonado”, indica Lleral.
“Y tampoco se advierte la comisión de ninguna otra acción humana penalmente relevante que guarde estricta relación con los hechos objeto de la presente causa. Porque, en definitiva, no se constató la participación penal de persona alguna en los desgraciados hechos que se investigaron”, subraya, descartando la intromisión de terceros.
“A través de la denuncia que dio origen a la presente causa penal, en cuyo marco se desarrolló una constante, ininterrumpida y exhaustiva investigación judicial independiente y transparente, dirigida a establecer las circunstancias que rodearon la desaparición de Santiago Andrés Maldonado, así como las eventuales responsabilidades penales”, apunta. Con esto el juez Lleral reafirma que la Justicia actuó de modo transparente y vuelve a refutar la necesidad de una nueva comisión solicitada por la familia Maldonado.
“No se produjo la participación penalmente relevante de persona alguna, cabe concluir que toda la prueba ofrecida por las partes, y que se encuentra pendiente de despacho, resulta inconducente y, por ello, también inadmisible”, explica según detalló Clarín.
“Es que resultaría abiertamente ocioso y estéril disponer la realización de diligencias a priori incapaces de conmover la arquitectura probatoria construida con los categóricos y copiosos elementos ya reunidos. Además, ello prolongaría inconstitucional e de modo no convencional la duración de un proceso judicial que se encuentra cierta e irreversiblemente definido por la vehemencia de los hechos acreditados”, agrega.
“Allí quedó su cuerpo atrapado, enganchado en el ramaje subacuático denso, que lo mantuvo inerte y oculto durante el tiempo necesario para que, luego de su descomposición natural interna, superara la presión y la fría temperatura del agua, hasta que se produjeran los cambios de clima. Y sólo, talcomo se hundió, sin que tampoco en ese momento persona alguna lo advirtiera, emergió en el mismo lugar, en el remanso del río donde se había escondido y se había producido su sumersión. En ese sitio, una rama de los mismos sauces donde quedó atrapado, ofició de sostén, lo contuvo hasta que se lo avistara y finalmente, se lo retirara”, continúa.