Rigen retenciones de $4 por dólar a las exportaciones de servicios
El Gobierno oficializó este miércoles la implantación de retenciones a todas las exportaciones de servicios. La prestación de servicios al exterior tributará un 12 por ciento, con tope de 4 pesos por cada dólar vendido. Las pymes de servicios podrán exportar hasta u$s600.000 anuales libres del nuevo impuesto.
El nuevo impuesto a la exportación de servicios consta en el decreto 1201/2018. Paradójicamente, la norma se publicó en el Boletín Oficial el mismo día en que, mediante otro decreto, el Gobierno declaró a 2019 "año de la exportación". El tributo regirá hasta el 31 de diciembre de 2020.
El tributo se había incluido en el Presupuesto 2019, que votó el Congreso, y había sido anunciado con anterioridad, el 3 de septiembre pasado, cuando el Gobierno reimplantó las retenciones generalizadas a las exportaciones para recaudar más y poder cumplir con la meta fiscal.
El regreso de las retenciones generalizadas fue parte del programa fiscal acordado con el FMI. El Gobierno se comprometió a conseguir equilibrio primario entre ingresos y gastos en 2019, para lo cual recortó erogaciones, difirió recortes de impuestos previstos y masificó los derechos de exportación.
De acuerdo con el esquema anunciado entonces, las exportaciones primarias y de servicios tributarían hasta 4 pesos por dólar, mientras que el resto de las ventas al exterior pagan -ya desde septiembre- 3 pesos por dólar.
La medida generó críticas del sector empresario. Las empresas que venden software -sobre todo- y otras compañías que facturan servicios al exterior manifestaron que atentaba contra la competitividad, incluso a pesar de la fuerte devaluación del peso, que abarató los costos en dólares de las firmas.
La falta de detalles sobre la implementación también generó dudas entre analistas, que consideran que la AFIP deberá reglamentar en detalle de qué manera de cobrarán las nuevas retenciones.
El decreto la firma del presidente Mauricio Macri, su jefe de Gabinete, Marcos Peña, y los ministros de Hacienda y Producción, Nicolás Dujovne y Dante Sica. En su artículo 1°, fija la retención de 12% "a la exportación de las prestaciones de servicios". En el 2°, aclara que el derecho de exportación "no podrá exceder de $4 por cada dólar estadounidense" exportado.
Según detalló Todo Noticias, el monto del derecho de exportación se expresará en pesos al tipo de cambio vendedor del Banco Nación del día hábil anterior al que corresponda declarar la operación, se aclara. Las empresas deberán abonar la retención "dentro de los primeros quince días hábiles del mes posterior a aquél de facturación".
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