La Justicia dictó una cautelar a favor de los docentes municipales
La Justicia dictó este viernes una medida cautelar en favor de los docentes municipales en la disputa que mantienen, desde hace meses, con el Ejecutivo local en torno a la bonificación que cobraban desde hace 30 años y que el Intendente Carlos Arroyo eliminó por decreto al modificar la forma en la que son liquidados los salarios.
La decisión fue tomada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°2 de Mar del Plata, que dio lugar a lo solicitado por el Sindicato de Trabajadores Municipales. Desde el gremio celebraron la resolución y sostuvieron que "los alcances de la medida y cómo se verá reflejada en los sueldos de los docentes aún no fue informado".
En octubre del año pasado, Arroyo firmó un decreto que modificó la forma en la que se liquidan los salarios docentes y que, en la práctica, despojaba a los educadores de las escuelas municipales de una histórica bonificación que percibían desde 1989 y representaba unos cinco mil pesos extra en sus sueldos.
Luego de que desató una fuerte polémica, el Concejo Deliberante aprobó una nueva ordenanza que otorgaba legitimidad a la antigua forma de liquidación. El jefe comunal redobló la apuesta y se encargó de vetar la norma unos días después.
Sin embrago, más tarde, el cuerpo legislativo rechazó el veto y votó nuevamente "por insistencia" la ordenanza. Ante este revés, el Intendente realizó una presentación ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en la que demandó al Concejo Deliberante por "conflicto de poderes".
En una nueva escalada del conflicto, el pasado 28 de febrero el gremio se presentó ante la Justicia Contenciosa Administrativa de Mar del Plata para solicitar la nulidad del Decreto del Ejecutivo Municipal 2272/18 en 17 expedientes.
Ahora, la Justicia dictó una medida cautelar indicándole al Departamento Ejecutivo de General Pueyrredon que debe "dejar sin efecto tres artículos del mencionado decreto y proceder a liquidar la bonificación especial docente como lo hacia antes del dictado de ese acto administrativo".
El Juez estableció un año como tiempo de ejecución de esta medida cautelar, por considerar que es tiempo suficiente para dictar la resolución de fondo. "Sin duda, este es un primer paso en el camino hacia la devolución de un derecho vulnerado", destacaron desde el sindicato.
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