Caso Lucía Pérez: la OEA le pidió a la Corte "rectificar" el fallo
La Organización de los Estados Americanos (OEA) le envió una carta al presidente de la Corte Suprema de Justicia de Nación, Carlos Rosenkrantz, y otra a su vicepresidenta, Elena Highton de Nolasco, en las expresó "su preocupación por la decisión del Tribunal de Oral Criminal N° 1 de Mar del Plata de absolver a los tres imputados por el femicidio de Lucía Pérez".
El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belém do Pará” (MESECVI) también "invitó" a la Corte a "rectificar esta decisión y a tomar todas las medidas necesarias para proporcionar un efectivo acceso a la Justicia para los familiares de Lucía Pérez y para todas las mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia, aplicando la normativa internacional de Derechos Humanos de las Mujeres".
La Convención de Belém do Pará fue suscripta en 1994 por la Argentina y ratificada dos años después por el Congreso Nacional. En 2011, los legisladores aprobaron que, al igual que otros 13 tratados internacionales de Derechos Humanos a los que se adhirió el país, tenga el mismo rango legal que la Constitución Nacional.
"Por lo anterior, invitamos a la institución que usted tan dignamente preside a rectificar esta decisión y a tomar todas las medidas necesarias para proporcionar un efectivo acceso a la Justicia para los familiares de Lucía Pérez y para todas las mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia, aplicando la normativa internacional de Derechos Humanos de las Mujeres, especialmente los emanados de la Convención de Belem do Pará, las recomendaciones de este comité de Expertas y las demás legislación internacional en materia de Derechos Humanos de las Mujeres y las Niñas", expresan con contundencia en otro párrafo de la misiva.
Las cartas fueron firmadas por el Comité de Expertas con fecha 29 de noviembre, solo tres días después de que se conociera la sentencia que absolvió a Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel por el femicidio y abuso sexual de la joven de 16 años que murió el 8 de octubre de 2016 en el Centro de Salud de Playa Serena. Los primeros dos fueron condenados a ocho años de prisión por tenencia y comercialización de estupefacientes.
La Convención de Belem do Pará establece en su artículo 7° que los Estados firmantes deben actuar "con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer y tomar todas las medidas apropiadas, incluyendo medidas de tipo legislativo, para modificar o abolir leyes y reglamentos vigentes, o para modificar prácticas jurídicas o consuetudinarias que respalden la persistencia o la tolerancia de la violencia contra la mujer”.
Asimismo, el artículo 8 del tratado internacional llama a los Estados parte "a fomentar la educación y capacitación del personal en la administración de Justicia, policial y demás funcionarios encargados de la aplicación de la ley".
El fallo- que lleva las firmas de los jueces Facundo Gómez Urso, Aldo Carnevale y Pablo Viñas- fue duramente cuestionado por la familia de Lucía Pérez, los colectivos de mujeres y el Fiscal General de Mar del Plata, Fabián Fernández Garello, precisamente, por carecer de una interpretación de la prueba "con perspectiva de género".