La Fiscalía General apeló el fallo del juicio por Lucía Pérez
La Fiscalía General de Mar del Plata apeló este viernes el fallo que absolvió el 26 de noviembre pasado a Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel, los tres imputados por la muerte de Lucía Pérez, ocurrida a principios de octubre de 2016 en el barrio Playa Serena.
Altas fuentes judiciales le confirmaron a El Marplatense que este viernes se efectivizó la presentación del recurso ante la Cámara de Casación, con el que se busca dar marcha atrás al veredicto que resolvieron los jueces Facundo Gómez Urso, Aldo Carnevale y Pablo Viñas.
Por su parte, el particular damnificado, que esgrime el abogado Gustavo Marceillac en representación de la familia de la adolescente de 16 años, lo hizo esta mañana, según pudo confirmar este medio. Se materializó en la misma fecha en la que vence el plazo límite que estipula el proceso judicial para cuestionar el dictamen.
Desde la Fiscalía General, a cargo de Fabián Fernández Garello, cuestionaron la "interpretación" que hizo el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de los elementos probatorios presentados para acreditar la culpabilidad de los acusados, y también ponen énfasis en la comercialización de estupefacientes que está ligada al caso.
En el fallo, los magistrados decidieron una condena a 8 años de prisión para Matías Farías y Juan Pablo Offidani, los dos principales imputados, por el delito de “tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad”, quedando absueltos de los cargos por el abuso sexual seguido de muerte. Alejandro Maciel, el tercer acusado por “encubrimiento agravado”, también fue absuelto.
La sentencia generó diferentes repudios y movilizaciones a lo largo del mismo día lunes y el martes. Inclusive, el 5 de diciembre se volvió a gestar un paro de mujeres en todo el país, tal como había ocurrido cuando se conoció la muerte de la joven, que se tradujo con marchas en Mar del Plata, Buenos Aires y otras localidades.
La repercusión también fue internacional: la Organización de los Estados Americanos (OEA) le envió una carta al presidente de la Corte Suprema de Justicia de Nación, Carlos Rosenkrantz, y otra a su vicepresidenta, Elena Highton de Nolasco, en las que expresó su “preocupación” por el dictamen del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1.
El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belém do Pará” (MESECVI) también “invitó” a la Corte a “rectificar esta decisión y a tomar todas las medidas necesarias para proporcionar un efectivo acceso a la Justicia para los familiares de Lucía Pérez y para todas las mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia, aplicando la normativa internacional de Derechos Humanos de las Mujeres“.
La Convención de Belém do Pará fue suscripta en 1994 por la Argentina y ratificada dos años después por el Congreso Nacional. En 2011, los legisladores aprobaron que, al igual que otros 13 tratados internacionales de Derechos Humanos a los que se adhirió el país, tenga el mismo rango legal que la Constitución Nacional.