Lucía Pérez: piden que haya otro fallo pero sin repetir el juicio
El Fiscal General de Mar del Plata, Fabián Fernández Garello, confirmó busca que el Tribunal de Casación dicte una nueva sentencia en el juicio por Lucía Pérez, con la intención de dar marcha atrás la absolución a Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel que se resolvió el 26 de noviembre pasado, pero sin la necesidad de tener que llamar a un nuevo juicio para reanalizar la prueba presentada.
Al brindar detalles a El Marplatense del recurso que se presentó este viernes, el funcionario judicial explicó que se busca que el tribunal superior asuma una "competencia positiva" en el caso para evitar una "revictimización" de la familia de la adolescente.
"Lo que nosotros buscamos es que Casación mande a dictar una nueva sentencia sobre la base de la lectura que estamos haciendo de las pruebas presentadas y evitar que haya que hacer un nuevo juicio", indicó el máximo responsable de la Fiscalía General local.
Inclusive, Garello confió que, entre los distintos elementos que se adjuntaron sobre las argumentaciones de la apelación, también se incorporó la grabación de la totalidad del desarrollo del debate oral que estuvo a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal N°1, que comenzó el 30 de octubre.
Un antecedente reciente sobre un fallo de estas características por parte de Casación se vincula con otro caso emblemático para la ciudad: las múltiples denuncias de abuso sexual infantil y corrupción de menores que asistían en los jardines del colegio Gianelli y el Instituto Alejandro Fleming y que apuntan como responsable a Analía Schwartz, docente de ambos establecimientos.
El Tribunal de Casación Penal N°1 resolvió el 1 de marzo revocar la absolución de la maestra, que había sido absuelta el 16 de mayo por el Tribunal Oral N°1, y ordenó la realización de otro juicio, lo cual también fue ratificado a fines de septiembre por parte de la Suprema Corte de Justicia bonaerense.
En cuanto a los plazos en los que Casación podría expedirse sobre el recurso, el Fiscal General reconoció que es "difícil" estimar una fecha precisa pero confió que será en un breve lapso. "A partir de una reforma que se hizo hace un par de años el Tribunal está funcionando de manera más acelerada", resaltó.
Garello también aclaró que las características técnicas de la presentación que se hizo a Casación impiden que "se pueda ampliar la prueba" que ya tuvo lugar en el debate oral. "Acá uno tiene que analizar como recurrente la prueba que se produjo en el juicio y la forma en que es interpretada por el tribunal que hizo el juicio", detalló.
"No se pueden agregar elementos nuevos pero con lo que ocurrió en el juicio y la prueba que se produjo ahí ya es suficiente como para hacer una interpretación conforme a lo que estipulan tratados internacionales", garantizó.
"LOS JUECES LE CREYERON DEMASIADO A LOS IMPUTADOS"
Al profundizar sobre los argumentos que se esgrimieron en el recurso, el Fiscal General insistió en que el principal cuestionamiento gira en torno a la "interpretación" que hicieron los jueces Facundo Gómez Urso, Aldo Carnevale y Pablo Viñas de las pruebas presentadas durante el debate oral.
"Nosotros interpretamos que Lucía Pérez fue víctima de una organización dedicada a la venta de cocaína de máxima pureza. Esta organización claramente, y está probado en el expediente, captaba adolescentes para venderles droga", remarcó.
En este sentido, el funcionario judicial también hizo énfasis en la condición "multivulnerable" de Lucía, al tener en cuenta factores como su edad adolescente y su problemática de adicción. "Frente a esto, en la situación del otro lado, teníamos dos sujetos que desde hace tiempo vendían droga y que sabían perfectamente el tipo de efecto qeu estos tóxicos pueden generar", aseveró.
Desde su óptica, el funcionario judicial insistió en qeu el caso de la muerte de Lucía no sólo involucra una problemática de genero sino que también está ligado en forma directa con el comercio de estupefacientes. "Creemos que acá hubo una lectura que no es la adecuada porque que se subestimó esta circunstancia", apuntó.
"Se le creyó demasiado a los imputados. Con todo el derecho que tienen de declara, son los tribunales los que tienen que sopesar para ver hasta dónde hay que creerles", consideró, y remarcó: "Acá la droga actuó como un detonante del fallecimiento de Lucía porque ella muere por una sobredosis suministrada por personas de más edad que ella. En algún chat previo, incluso, hasta Farías le advirtió a ella de la capacidad tóxica de la droga".
El FALLO Y SUS REPERCUSIONES
En el fallo que se conoció el 26 de noviembre, el TOC N°1 decidió una condena a 8 años de prisión para Matías Farías y Juan Pablo Offidani, los dos principales imputados, por el delito de “tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad”, quedando absueltos de los cargos por el abuso sexual seguido de muerte. Alejandro Maciel, el tercer acusado por “encubrimiento agravado”, también fue absuelto.
La sentencia generó diferentes repudios y movilizaciones a lo largo del mismo día lunes y el martes. Inclusive, el 5 de diciembre se volvió a gestar un paro de mujeres en todo el país, tal como había ocurrido cuando se conoció la muerte de la joven, que se tradujo con marchas en Mar del Plata, Buenos Aires y otras localidades.
La repercusión también fue internacional: la Organización de los Estados Americanos (OEA) le envió una carta al presidente de la Corte Suprema de Justicia de Nación, Carlos Rosenkrantz, y otra a su vicepresidenta, Elena Highton de Nolasco, en las que expresó su “preocupación” por el dictamen del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1.
El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belém do Pará” (MESECVI) también “invitó” a la Corte a “rectificar esta decisión y a tomar todas las medidas necesarias para proporcionar un efectivo acceso a la Justicia para los familiares de Lucía Pérez y para todas las mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia, aplicando la normativa internacional de Derechos Humanos de las Mujeres“.
La Convención de Belém do Pará fue suscripta en 1994 por la Argentina y ratificada dos años después por el Congreso Nacional. En 2011, los legisladores aprobaron que, al igual que otros 13 tratados internacionales de Derechos Humanos a los que se adhirió el país, tenga el mismo rango legal que la Constitución Nacional.